III. Otras disposiciones. COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2021-3484)
Acuerdo 20/2021, de 18 de febrero, de la Junta de Castilla y León, por el que se declara bien de interés cultural, con categoría de conjunto histórico, la Villa de Presencio (Burgos).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 55
Viernes 5 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26218
Segundo.
Delimitar la zona afectada por la declaración:
Punto de inicio de la delimitación: Intersección de la Travesía Ciadoncha con la Calle
Las Cercas, punto que constituye el vértice sur de esta delimitación.
Continúa en sentido noroeste por el eje de la Calle Las Cercas hasta la altura de la
parcela 17 del polígono 55102, donde se desvía por la Calle la Huerta para incluir las
manzanas catastrales 55109 y 54114, cruzando la Calle del Hospital y siguiendo hasta el
encuentro con las calles Travesía la Fuente y Calle Carropampliega, donde gira hacia el
este para continuar en sentido noreste por la Calle las Cercas.
Al norte se desvía a la altura de la parcela 04 del polígono 56118, donde se desvía
por camino sin nombre para incluir las manzanas catastrales 56126 y 56123, cruzando la
Calle Cilla hasta volver a la Calle Las Cercas.
Continúa en sentido sur por la Carretera Mazuela. Gira en sentido noreste por el eje
de la Calle del Soltadero para incluir el polígono 58111 hasta el vértice de las
parcelas 3213 y 3214 del Polígono 1 de rústica, continuando por la divisoria de ambas,
cruza la Calle Las Eras y sigue por los límites oeste y norte de la parcela 9062
incluyéndola. Cruza el camino Antimarejos y continúa por el perímetro de la
parcela 9065, incluyéndola, hasta el vértice de la citada parcela con la Travesía de
Burgos. Continúa en sentido suroeste por el límite sur de la carretera hasta el límite del
casco urbano, a partir del que se incluyen todas las parcelas con frente a la Travesía
Burgos (todos los números pares) hasta llegar a la Travesía Ciadoncha, donde continua
por el eje de la calle hasta el punto de inicio.
Motivación: La delimitación de este conjunto histórico responde a la necesaria
protección y conservación del espacio urbano o área territorial, con una morfología
urbana prácticamente inalterada, que por las características de su trama y por las
edificaciones que lo integran resulta significativo como testimonio de la cultura de un
pueblo. En la delimitación del conjunto se ha tenido en cuenta, la configuración del
núcleo a partir de la antigua cerca medieval de la que aún quedan vestigios.
La zona afectada por la declaración es la que consta en el plano y demás
documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un
mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el
plazo de dos meses.
Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de
reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución
expresa o presunta de aquel.
Valladolid, 18 de febrero de 2021.–El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura y Turismo, Javier Ortega Álvarez.
Conjunto histórico de la Villa de Presencio (Burgos)
Ubicada en la zona central de la provincia de Burgos, en la comarca del Páramo del
Arlanzón, la Villa de Presencio se extiende en un llano sobre un amplio horizonte de
campos de cultivo, desde el que destaca la silueta de la Iglesia de San Andrés, hito
visual y núcleo central en torno al que se agolpa un apretado caserío, que conserva un
interesante conjunto de arquitectura tradicional.
El casco medieval presenta una planta circular, definida claramente por la muralla,
con un centro en la Iglesia como símbolo del poder religioso y un segundo centro en el
cve: BOE-A-2021-3484
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO
Núm. 55
Viernes 5 de marzo de 2021
Sec. III. Pág. 26218
Segundo.
Delimitar la zona afectada por la declaración:
Punto de inicio de la delimitación: Intersección de la Travesía Ciadoncha con la Calle
Las Cercas, punto que constituye el vértice sur de esta delimitación.
Continúa en sentido noroeste por el eje de la Calle Las Cercas hasta la altura de la
parcela 17 del polígono 55102, donde se desvía por la Calle la Huerta para incluir las
manzanas catastrales 55109 y 54114, cruzando la Calle del Hospital y siguiendo hasta el
encuentro con las calles Travesía la Fuente y Calle Carropampliega, donde gira hacia el
este para continuar en sentido noreste por la Calle las Cercas.
Al norte se desvía a la altura de la parcela 04 del polígono 56118, donde se desvía
por camino sin nombre para incluir las manzanas catastrales 56126 y 56123, cruzando la
Calle Cilla hasta volver a la Calle Las Cercas.
Continúa en sentido sur por la Carretera Mazuela. Gira en sentido noreste por el eje
de la Calle del Soltadero para incluir el polígono 58111 hasta el vértice de las
parcelas 3213 y 3214 del Polígono 1 de rústica, continuando por la divisoria de ambas,
cruza la Calle Las Eras y sigue por los límites oeste y norte de la parcela 9062
incluyéndola. Cruza el camino Antimarejos y continúa por el perímetro de la
parcela 9065, incluyéndola, hasta el vértice de la citada parcela con la Travesía de
Burgos. Continúa en sentido suroeste por el límite sur de la carretera hasta el límite del
casco urbano, a partir del que se incluyen todas las parcelas con frente a la Travesía
Burgos (todos los números pares) hasta llegar a la Travesía Ciadoncha, donde continua
por el eje de la calle hasta el punto de inicio.
Motivación: La delimitación de este conjunto histórico responde a la necesaria
protección y conservación del espacio urbano o área territorial, con una morfología
urbana prácticamente inalterada, que por las características de su trama y por las
edificaciones que lo integran resulta significativo como testimonio de la cultura de un
pueblo. En la delimitación del conjunto se ha tenido en cuenta, la configuración del
núcleo a partir de la antigua cerca medieval de la que aún quedan vestigios.
La zona afectada por la declaración es la que consta en el plano y demás
documentación que obra en el expediente administrativo tramitado al efecto.
Contra este Acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer
potestativamente recurso de reposición ante la Junta de Castilla y León en el plazo de un
mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León en el
plazo de dos meses.
Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial de Castilla y León». Si se optara por la interposición del recurso de
reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta la resolución
expresa o presunta de aquel.
Valladolid, 18 de febrero de 2021.–El Presidente de la Junta de Castilla y León,
Alfonso Fernández Mañueco.–El Consejero de Cultura y Turismo, Javier Ortega Álvarez.
Conjunto histórico de la Villa de Presencio (Burgos)
Ubicada en la zona central de la provincia de Burgos, en la comarca del Páramo del
Arlanzón, la Villa de Presencio se extiende en un llano sobre un amplio horizonte de
campos de cultivo, desde el que destaca la silueta de la Iglesia de San Andrés, hito
visual y núcleo central en torno al que se agolpa un apretado caserío, que conserva un
interesante conjunto de arquitectura tradicional.
El casco medieval presenta una planta circular, definida claramente por la muralla,
con un centro en la Iglesia como símbolo del poder religioso y un segundo centro en el
cve: BOE-A-2021-3484
Verificable en https://www.boe.es
ANEXO