III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. Convenios. (BOE-A-2020-11998)
Resolución de 28 de septiembre de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio de asistencia jurídica entre la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado y las entidades integradas en el Grupo SEPI Desarrollo Empresarial, SA, S.M.E.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 266

Jueves 8 de octubre de 2020

Sec. III. Pág. 85718

MANIFIESTAN
Primero.
Que la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado es el
Centro Directivo que tiene legalmente atribuidas las competencias de asistencia jurídica
al Estado y sus Organismos autónomos y a los Órganos Constitucionales. Para el resto
de entidades y organismos que constituyen el sector público estatal, se prevé legalmente
que la Abogacía General del Estado pueda prestar asistencia jurídica mediante la
oportuna formalización de un convenio.
Segundo.
Que la Sociedad SEPI Desarrollo Empresarial, S.A., S.M.E. (SEPIDES), (en
adelante, Grupo SEPIDES), es una sociedad mercantil estatal de las previstas en el
artículo 84.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Pública,
teniendo por objeto la inversión y financiación de proyectos empresariales para su
radicación en el territorio nacional. el desarrollo de estudios y proyectos empresariales,
comerciales y de servicios, así como la participación en sociedades y promoción y
captación de nuevas inversiones; tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad
pública y privada, que ejerce sus funciones con autonomía e independencia respecto de
las Administraciones Públicas.
Tercero.
Que el Grupo SEPIDES, de acuerdo con lo establecido en la Ley 52/1997, de 27 de
noviembre, de Asistencia Jurídica al Estado e Instituciones Públicas y en el Real
Decreto 997/2003, de 25 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Servicio
Jurídico del Estado, tiene actualmente suscrito un Convenio de Asistencia Jurídica, de
fecha 31 de agosto de 2018, con la Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio
Jurídico del Estado.
Cuarto.
Que al objeto de lograr una mayor efectividad y coordinación de la asistencia jurídica
al Grupo SEPIDES, ambas partes consideran conveniente la designación por el Abogado
General del Estado de uno o más Abogados del Estado en activo que actúen como
coordinadores directos de la asistencia jurídica.
Quinto.
Que el texto del «convenio tipo», de asistencia jurídica ha sido informado por la
Abogacía del Estado en el Ministerio de Justicia.
Sexto.

CLÁUSULAS
Primera. Objeto.
De conformidad con lo establecido en la citada Ley 52/1997, de 27 de noviembre, en
la disposición adicional quinta de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre y en el Real
Decreto 997/2003, de 25 de julio por el que se aprueba el Reglamento del Servicio

cve: BOE-A-2020-11998
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Que, con el fin de regular las condiciones de prestación de esa asistencia jurídica en
la forma prevista en el ordenamiento jurídico, los comparecientes suscriben el presente
Convenio, de acuerdo con las siguientes