Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Puebla Del Río, La. (BOE-N-2025-543408)
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento Resolución Procedimiento Sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE PUEBLA DEL RÍO, LA
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento Resolución
Procedimiento Sancionador.
ID: N2500545255

DON FEDERICO PALOMEQUE BIZCOCHO ALCALDE EN FUNCIONES DEL
AYUNTAMIENTO DE LA PUEBLA DEL RIO (SEVILLA).HACE SABER: Que por Decreto de Alcaldía nº 861/2025, de fecha 25 de Junio
ppdo., se resolvió el procedimiento sancionador a Dª María del Carmen Díaz García del
siguiente tenor literal:
“Vistas las actuaciones practicadas y la propuesta de Resolución formulada por la
Sra. Instructora del expediente en el procedimiento sancionador que se sigue contra Dª
María del Carmen Díaz García por la comisión de una infracción calificada como grave y
tipificada en el artículo 20.19 de la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos
Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, se dicta la siguiente:
1.- Por Resolución de Alcaldía nº 267 de fecha 3 de marzo de 2025, se inició
procedimiento sancionador a Dª María del Carmen Díaz García, para determinar la
posible responsabilidad administrativa en que hubiera podido incurrir por los hechos
siguientes: “A las 2:32 horas del día 23 de agosto de 2024, mientras los agentes
realizaban labores de vigilancia por la localidad, observaron como el establecimiento
denominado como Bar Tulín se encontraba abierto y con varias personas consumiendo
bebidas en su interior. Que los agentes solicitan la presencia de la persona propietaria
del establecimiento, resultando ser la Sra. Díaz, que se encontraba en ese momento
limpiando el bar, a la cual se le expone el motivo de nuestra presencia, y se le informa
del correspondiente horario, según normativa, que ha de cumplir en función del tipo de
establecimiento que regenta. Que se le insta a que finalice de servir más bebidas y
proceda al cierre del establecimiento”.
2.- Nombrada Instructora, sin que la notificada inculpada promoviese recusación, se
instruyó el oportuno procedimiento para el esclarecimiento de los hechos, concediéndole
a la interesada un plazo de 15 días para que presente alegaciones y documentos y para
la proposición y práctica de las pruebas.
3.- En el plazo concedido al efecto no se formularon alegaciones.
4.- Con fecha 21/05/25 se notifica propuesta de Resolución a la interesada.
HECHOS PROBADOS
Según resulta de la instrucción del procedimiento se considera acreditado que el día
23 de Agosto de 2024, el local denominado "Bar Tulín" se encontraba abierto,
incumpliendo el horario que establece la normativa para este tipo de establecimientos.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

cve: BOE-N-2025-2e28c1f4bdfe6f02632c7e155d3888db1dd32005
Verificable en https://www.boe.es

RESOLUCIÓN