Administración Local. Albacete. Ayuntamiento De Alcalá Del Júcar. (BOE-N-2025-542114)
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento Resolución de expediente sancionador por infracción de la Ordenanza de convivencia y seguridad ciudadana de Alcalá del Júcar.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 3
b) Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha
de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
Si vencidos los plazos indicados, no se hubiera satisfecho la deuda voluntariamente,
ésta se exigirá en vía de apremio de acuerdo con lo establecido en losartículos 70 y
siguientesdel Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto
939/2005, de 29 de julio, con los intereses de demora y recargos que correspondan en
vía ejecutiva.
TERCERO. Dar cuenta de la Resolución al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión
que celebren.
CUARTO. Notificar la presente Resolución al interesado con indicación expresa de
los recursos que procedan."
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, haciéndole saber que contra el
presente acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer, con carácter
potestativo, y sin perjuicio de cualesquiera otros que estime oportunos, recurso de
reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de
la presente notificación, ante este órgano, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, con
sede en la capital de la provincia, en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente al de la recepción de la presente notificación -artículos 52 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 209 y siguientes del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa-. No obstante, y para el caso de
Administraciones, no cabrá interponer recurso en vía administrativa, debiendo estarse a
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-N-2025-de2cbb727ea10405c7f73feaffce9b441431a845
Verificable en https://www.boe.es
Alcalá del Júcar , 28 de julio de 2025.- El Alcalde. Juan Pascual Muñoz Legidos
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 3
b) Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha
de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el
inmediato hábil siguiente.
Si vencidos los plazos indicados, no se hubiera satisfecho la deuda voluntariamente,
ésta se exigirá en vía de apremio de acuerdo con lo establecido en losartículos 70 y
siguientesdel Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto
939/2005, de 29 de julio, con los intereses de demora y recargos que correspondan en
vía ejecutiva.
TERCERO. Dar cuenta de la Resolución al Ayuntamiento Pleno en la primera sesión
que celebren.
CUARTO. Notificar la presente Resolución al interesado con indicación expresa de
los recursos que procedan."
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, haciéndole saber que contra el
presente acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer, con carácter
potestativo, y sin perjuicio de cualesquiera otros que estime oportunos, recurso de
reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de
la presente notificación, ante este órgano, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, con
sede en la capital de la provincia, en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente al de la recepción de la presente notificación -artículos 52 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 209 y siguientes del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa-. No obstante, y para el caso de
Administraciones, no cabrá interponer recurso en vía administrativa, debiendo estarse a
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-N-2025-de2cbb727ea10405c7f73feaffce9b441431a845
Verificable en https://www.boe.es
Alcalá del Júcar , 28 de julio de 2025.- El Alcalde. Juan Pascual Muñoz Legidos
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X