Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Ciutadella De Menorca. (BOE-N-2025-542788)
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento por denuncia en materia de trafico y circulacion.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
PAGO DE MULTA
De la misma manera, usted dispone de VEINTE DIAS NATURALES contados a partir
del día siguiente en que la notificación se entienda practicada para efectuar el pago con
reducción del 50%, de acuerdo con el artículo 94 LSV. El pago con reducción implica: la
finalización del procedimiento el mismo día en que se realice el pago sin necesidad de
dictar resolución expresa, la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, la
finalización de la vía administrativa con la posibilidad de interponer recurso contenciosoadministrativo a partir del día siguiente al que efectúe el pago ante el órgano judicial
competente, y la detracción de los puntos al día siguiente (art. 94 de la LSV).
FORMA DE PAGO: el pago se puede hacer en metálico en las oficinas de
Recaptació, calle Nou de juliol 1 - Ciutadella de Menorca - Illes Balears (tel. 971384780),
de lunes a viernes, de 9 a 13.30h; en las dependencias de la policía local, o mediante
transferencia bancaria consignando el número de boletín y nombre del denunciado a las
siguientes cuentas:
BBVA: ES37 0182 5747 4100 1811 2222 BIC: BBVAESMMXXX
SA NOSTRA: ES64 0487 2027 1120 0000 5816 BIC: GBMNESMMXXX
BANCA MARCH: ES28 0061 0086 1000 6870 0119 BIC: BMARES2MXXX
EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN
Si no formula alegaciones ni abona el importe de la denuncia en los plazos indicados,
ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, de acuerdo con
el artículo 95.5 de la LSV. En este supuesto, pasados los 30 días naturales siguientes en
que la notificación se entienda practicada, se procederá a la ejecución de la sanción.
Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción
sin que se hubiese satisfecho el importe de la sanción, su cobro se llevará a cabo por el
procedimiento de apremio.
PUNTOS A DETRAER
Si efectúa el pago reducido de la sanción, los puntos se detraerán en el día siguiente
del pago. En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme.
cve: BOE-N-2025-f7f1916a6536e1e953e3aadfb74fb567ce1afb7f
Verificable en https://www.boe.es
Los datos personales tratados en este documento serán tratados informáticamente
en los términos de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales.
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 2
PAGO DE MULTA
De la misma manera, usted dispone de VEINTE DIAS NATURALES contados a partir
del día siguiente en que la notificación se entienda practicada para efectuar el pago con
reducción del 50%, de acuerdo con el artículo 94 LSV. El pago con reducción implica: la
finalización del procedimiento el mismo día en que se realice el pago sin necesidad de
dictar resolución expresa, la renuncia a formular alegaciones o recurso de reposición, la
finalización de la vía administrativa con la posibilidad de interponer recurso contenciosoadministrativo a partir del día siguiente al que efectúe el pago ante el órgano judicial
competente, y la detracción de los puntos al día siguiente (art. 94 de la LSV).
FORMA DE PAGO: el pago se puede hacer en metálico en las oficinas de
Recaptació, calle Nou de juliol 1 - Ciutadella de Menorca - Illes Balears (tel. 971384780),
de lunes a viernes, de 9 a 13.30h; en las dependencias de la policía local, o mediante
transferencia bancaria consignando el número de boletín y nombre del denunciado a las
siguientes cuentas:
BBVA: ES37 0182 5747 4100 1811 2222 BIC: BBVAESMMXXX
SA NOSTRA: ES64 0487 2027 1120 0000 5816 BIC: GBMNESMMXXX
BANCA MARCH: ES28 0061 0086 1000 6870 0119 BIC: BMARES2MXXX
EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN
Si no formula alegaciones ni abona el importe de la denuncia en los plazos indicados,
ésta surtirá el efecto de acto resolutorio del procedimiento sancionador, de acuerdo con
el artículo 95.5 de la LSV. En este supuesto, pasados los 30 días naturales siguientes en
que la notificación se entienda practicada, se procederá a la ejecución de la sanción.
Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de la firmeza de la sanción
sin que se hubiese satisfecho el importe de la sanción, su cobro se llevará a cabo por el
procedimiento de apremio.
PUNTOS A DETRAER
Si efectúa el pago reducido de la sanción, los puntos se detraerán en el día siguiente
del pago. En otro caso, los puntos se detraerán cuando la sanción sea firme.
cve: BOE-N-2025-f7f1916a6536e1e953e3aadfb74fb567ce1afb7f
Verificable en https://www.boe.es
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en los términos de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
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