Administración Local. Illes Balears. Ayuntamiento De Ciutadella De Menorca. (BOE-N-2025-542788)
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento por denuncia en materia de trafico y circulacion.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ILLES BALEARS
AYUNTAMIENTO DE CIUTADELLA DE MENORCA
Anuncio de notificación de 28 de julio de 2025 en procedimiento por denuncia en materia
de trafico y circulacion.
ID: N2500550767

Anuncio de notificación de 22 de Julio de 2025 en procedimientos de denuncia
infracción trafico
Habiendo intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la
forma prevista en el artículo 90.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de
Vehículos a Motor y Seguridad Vial, se hace pública mediante esta notificación en el
BOLETIN OFICIAL DEL ESTADO, de conformidad con lo prevenido en el artículo 91 del
Real Decreto Legislativo 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto
Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, la
notificación a los titulares o conductores habituales de los vehículos de los expedientes
sancionadores que se indican, pudiendo acceder al expediente en las dependencias
municipales, notificación que se entenderá practicada a todos los efectos legales
transcurrido el período de VEINTE DIAS NATURALES desde la presente publicación.
Por medio del presente edicto se le notifica que se ha formulado la denuncia que
abajo se expresa. Por este motivo se ha iniciado el expediente sancionador con el
número que se indica. La instrucción del procedimiento corresponde al funcionario, al
que podéis promover la recusación por las causas previstas en el artículo 24 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todo ello se le notifica en su condición de titular o propietario del vehículo y
responsable del hecho denunciado, comunicándole el derecho que le asiste de
conformidad con lo que dispone el artículo 95.1 del Real Decreto Legislativo 6/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial de alegar por escrito ante el instructor,
aportando o proponiendo las pruebas que considere oportunas, dentro de los VEINTE
DIAS NATURALES contados a partir del día siguiente en que la notificación se entienda
practicada.
IDENTIFICACIÓN DEL CONDUCTOR DEL VEHÍCULO
En caso de que no sea usted el responsable de la infracción o si el titular del vehículo
es una persona jurídica, de conformidad con el artículo 93.1 de la LSV, se le requiere
para que en el plazo de VEINTE DIAS NATURALES contados a partir del día siguiente
en que la notificación se entienda practicada, identifique al conductor responsable,
indicando el nombre y los apellidos, el NIF, el domicilio y la localidad de residencia del
conductor infractor. Todo ello con la advertencia de que la omisión de esta obligación o
de cualquiera de los datos requeridos comporta la responsabilidad prevista en el artículo
77.j de la LSV, como autor de una falta MUY GRAVE, siendo la multa prevista el doble de
la infracción originaria que lo motivó, si es infracción leve, y el triple, si es grave o muy
grave.

cve: BOE-N-2025-f7f1916a6536e1e953e3aadfb74fb567ce1afb7f
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Núm. 184