Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Sagunto/sagunt. (BOE-N-2025-543623)
Anuncio de notificación de 25 de julio de 2025 en procedimiento notificación de Resolución núm. 5627 de fecha 17/06/2025 se ha acordado la resolución de la situación urbanística favorable respecto de la comunicación del Registro de la Propiedad de inscripción de declaración de obra nueva en la finca registral nº 34534, según expte. 2120403E.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 3
delimitación de su contenido e indicación expresa de las limitaciones que imponga al
propietario, que aparecen reflejadas en el informe técnico trascrito.
A la vista de lo expuesto, y a propuesta de la TAG de Urbanismo, RESUELVO:
PRIMERO: Dictar resolución respecto de la comunicación del Registro de la
Propiedad de inscripción de declaración de obra nueva en finca registral nº 34534,
notificada a este Ayuntamiento en fecha 30.01.2025 (5429) para hacer constar en el
Registro de la Propiedad, por nota al margen de la inscripción de la declaración de obra
nueva, la concreta situación urbanística de la misma, reflejada en el informe técnico
trascrito.”
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, haciéndole saber que contra el
presente acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer, con carácter
potestativo, y sin perjuicio de cualesquiera otros que estime oportunos, recurso de
reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de
la presente notificación, ante este órgano, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, con
sede en la capital de la provincia, en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente al de la recepción de la presente notificación -artículos 52 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 209 y siguientes del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa-. No obstante, y para el caso de
Administraciones, no cabrá interponer recurso en vía administrativa, debiendo estarse a
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-N-2025-1d1bffae96333804e13a3664ff70767a6dd8a507
Verificable en https://www.boe.es
Sagunto, 25 de julio de 2025.- El concejal/a de Urbanismo Javier Raro Gualda
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 184
Viernes 1 de agosto de 2025
Supl. N. Pág. 3
delimitación de su contenido e indicación expresa de las limitaciones que imponga al
propietario, que aparecen reflejadas en el informe técnico trascrito.
A la vista de lo expuesto, y a propuesta de la TAG de Urbanismo, RESUELVO:
PRIMERO: Dictar resolución respecto de la comunicación del Registro de la
Propiedad de inscripción de declaración de obra nueva en finca registral nº 34534,
notificada a este Ayuntamiento en fecha 30.01.2025 (5429) para hacer constar en el
Registro de la Propiedad, por nota al margen de la inscripción de la declaración de obra
nueva, la concreta situación urbanística de la misma, reflejada en el informe técnico
trascrito.”
Lo que le comunico para su conocimiento y efectos, haciéndole saber que contra el
presente acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponer, con carácter
potestativo, y sin perjuicio de cualesquiera otros que estime oportunos, recurso de
reposición en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de
la presente notificación, ante este órgano, o bien directamente recurso contenciosoadministrativo, ante el correspondiente Juzgado de lo Contencioso Administrativo, con
sede en la capital de la provincia, en el plazo de dos meses contados a partir del día
siguiente al de la recepción de la presente notificación -artículos 52 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, 209 y siguientes del Real
Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de
Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, 123 y 124
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la
Jurisdicción Contencioso Administrativa-. No obstante, y para el caso de
Administraciones, no cabrá interponer recurso en vía administrativa, debiendo estarse a
lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
cve: BOE-N-2025-1d1bffae96333804e13a3664ff70767a6dd8a507
Verificable en https://www.boe.es
Sagunto, 25 de julio de 2025.- El concejal/a de Urbanismo Javier Raro Gualda
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X