Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Níjar. (BOE-N-2025-542253)
Anuncio de notificación de 25 de julio de 2025 en procedimiento bajas por inclusión indebida gestión solicitudes terceros noviembre-diciembre 2024 decreto resolución 1658/2025 ext. 257/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 2

PRIMERO: Proceder a la baja de oficio en el Padrón Municipal de Habitantes de este
municipio, de conformidad con el acuerdo de la Sección Provincial del Consejo de
Empadronamiento, de fecha 24 de julio de 2025, y artículos 15 de la Ley 7/1985,
Reguladora de la Bases del Régimen Local y 54.1 y 72 del Reglamento de Población y
Demarcación Territorial de las Entidades Locales, de las personas que se relacionan en
el ANEXO I.
Lo que comunico para su conocimiento y efectos oportunos participándole que el
presente decreto, por imperativo del del artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre
de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas y
que contra dicho acuerdo, podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el
mismo órgano que dicto el acto en el plazo de un mes, a contar del día siguiente al de la
notificación. Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso de
reposición, sin que se notificase su resolución se entenderá desestimado por silencio
administrativo (art. 24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y quedará expedita la vía
contenciosa administrativa.
Transcurrido el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición, sin
que se notificase su resolución se entenderá desestimado por silencio administrativo (art.
24 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre) y quedará expedita la vía contenciosa
administrativa.
Igualmente, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, podrá interponer directamente
recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso -Administrativo
correspondiente en el plazo de dos meses contados desde el siguiente al de la
notificación del acto administrativo o de la notificación del acuerdo resolutivo del recurso
de reposición, o bien en el plazo de seis meses contados desde el siguiente a aquel en
que se produzca el acto prescrito. No obstante, podrá Vd. utilizar cualesquiera otros
recursos que estime conveniente.
Nijar, 25 de julio de 2025.- El Alcalde-Presidente. D. José Francisco Garrido Requena

cve: BOE-N-2025-e1524a97643c33abcc1fb5078c31b21c8eae3bf9
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Núm. 184