Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Níjar. (BOE-N-2025-542253)
Anuncio de notificación de 25 de julio de 2025 en procedimiento bajas por inclusión indebida gestión solicitudes terceros noviembre-diciembre 2024 decreto resolución 1658/2025 ext. 257/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE NÍJAR
Anuncio de notificación de 25 de julio de 2025 en procedimiento bajas por inclusión
indebida gestión solicitudes terceros noviembre-diciembre 2024 decreto resolución
1658/2025 ext. 257/2024.
ID: N2500542434

EDICTO
D. JOSE FRANCISCO GARRIDO REQUENA, ALCALDE-PRESIDENTE DEL
AYUNTAMIENTO DE NIJAR (ALMERIA).---------------------------------H A C E S A B E R:
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Ley de procedimiento administrativo común de las Administraciones
Publicas, habiéndose intentado a las personas que se reflejan en Anexo que se adjunta,
la notificación individual y, ante la imposibilidad de practicar aquélla por ausencia o
ignorado paradero de las citadas personas, es por lo que se efectúa por este medio la
notificación, de la siguiente resolución, que transcribo literalmente:
DECRETO DE ALCALDIA Nº 1658/2025

2º.- Que realizados los trámites de notificación y audiencia al interesado que figura
en el expediente de BAJA DE OFICIO, se remite copia del mismo a la Sección Provincial
del Consejo de Empadronamiento, Delegación Provincial del Instituto Nacional de
Estadística de Almería, para que resuelva, sin que el interesado haya manifestado
expresamente su conformidad con la baja.
3º.- Al no haberse podido practicar la notificación se procedió a publicar en el B.O.E
161 de fecha 5 de julio de 2025.
4º.- Que la Sección Provincial del Consejo de Empadronamiento de Almería, con
fecha 24 de julio, emite INFORME FAVORABLE a la Baja de Oficio por Inscripción
Indebida en el Padrón Municipal de Habitantes de las personas que se relacionan en el
ANEXO I.
II – LEGISLACION APLICABLE
Es aplicable el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de
las Entidades Locales, redactado por R.D. 2612/1996, de 20 de diciembre (B.O.E. de 16
de enero de 1997, la Resolución de 24 de febrero de 2006, de la Oficina del Censo
Electoral, sobre la repercusión de las Bajas de Oficio por Inscripción Indebida en los
padrones y procedimiento de control de las altas en el Censo Electoral.
VENGO EN DISPONER:

cve: BOE-N-2025-e1524a97643c33abcc1fb5078c31b21c8eae3bf9
Verificable en https://www.boe.es

1º.- Vistas las solicitudes presentadas en el Registro General de este Ayuntamiento,
por los propietarios de la vivienda, o por terceras personas, afectadas por la inscripción
de habitantes en sus domicilios, manifestando que en la vivienda no residen las
personas que se detallan en el ANEXO I; por tanto solicitan la Baja en el Padrón
Municipal de Habitantes.