Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Ejido, El. (BOE-N-2025-542247)
Anuncio de notificación de 23 de junio de 2025 en procedimiento Incoación Sancionador 10150-2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 184

Viernes 1 de agosto de 2025

Supl. N. Pág. 2

Que han sido ejecutadas sin licencia municipal en Pol. 5 Parcela 159, REFERENCIA
CATASTRAL: 04104A005001590000DG, El Ejido.
Se hace saber al interesado arriba indicado, que el Concejal Delegado del Área de
Agricultura y Medio Ambiente dicta Decreto en el que se dispone lo siguiente:
Visto el expediente de referencia, los informes técnicos contenidos en el mismo, así
como el informe - propuesta del Técnico Superior de Administración General del
Ayuntamiento de El Ejido, de fecha 30/5/2025, del siguiente tenor literal:
“ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Técnico Municipal del Área de Agricultura y Medio Ambiente, emite
informe en fecha 29 de julio de 2024 con el siguiente contenido, a la vista el Acta de la
Policía Local fecha 25/05/2022:
Los agentes de la Policía Local Nº 8622/8612 suscriben boletín de denuncia Nº
3915/2022 en fecha 25/5/2022 así como reportaje fotográfico, relativo a la construcción
de almacén DESCRIPCIÓN DE OBRAS: En visita realizada por la Inspección Rural, en
fecha 15 de marzo de 2023, se ha podido verificar que ha llevado a cabo la construcción
de dos almacenes agrícolas, sin licencia. La parcela está delimitada por su lado “este”
por el cauce “Barranco de Peñas Negras”. Los trabajos realizados consisten en la
construcción nave agrícola de 96 metros cuadrados mediante fábrica de bloques de
hormigón de 40x20x20 cm. con cubierta y la construcción de nave agrícola de chapa de
192 metros cuadrados, 5,2 metros de altura y a una distancia del lindero de 1,5 metros.
ESTADO DE LAS OBRAS: Las obras se encuentran terminadas
SITUACIÓN: Pol. 5 Parcela 159
REFERENCIA CATASTRAL: 04104A005001590000DG
SUPERFICIE CATASTRAL: 7047 metros cuadrados
CLASIFICACIÓN URBANÍSTICA: Suelo no urbanizable, interés agrícola.
TIPIFICACIÓN DE LAS OBRAS: Las obras se han ejecutado sin licencia municipal,
incumpliendo lo establecido en artículo 291 del Reglamento General de la Ley 7/2021, de
1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.

- La ocupación con almacenes agrícolas es de 288 metros cuadrados, con un 4% de
la superficie total de parcela y supera el 3% de ocupación máxima establecida.
- La nave agrícola de chapa, con 5,2 metros de altura sobre la rasante natural del
terreno, supera la altura máxima de 4,5 mts establecida.
- La nave agrícola de chapa, con una distancia al lindero de 1,5 metros, incumple el
retranqueo a lindero igual a la altura del almacén y como mínimo de 2,00 mts.
En aplicación de los artículos 151 y 152 de la ley 7/2021, procede el restablecimiento
de la legalidad ante actuaciones sin título habilitante preceptivo.
VALOR DE OBRAS EJECUTADAS: La valoración de la obra ejecutada, en base a los
precios de referencia de la Junta de Andalucía, es estimada en 59.040 euros.
VALOR DE OBRAS PARA LA RESTITUCIÓN (DEMOLICIÓN): La valoración de la
obra para la restitución, en base a los precios de referencia de la Junta de Andalucía, es
estimada en 30.398 euros.
CONCLUSIONES

cve: BOE-N-2025-9f4df242c6e50bd44b5e1287f90ca64d3d645a05
Verificable en https://www.boe.es

La construcción de los almacenes agrícolas incumplen el artículo 8.3.11 del P.G.O.U,
“Almacenes agrícolas al servicio de la finca” por carecer de licencia y superar los
siguientes parámetros: