Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad Autónoma De Cataluña. Departamento De Territorio, Vivienda Y Transición Ecológica. (BOE-N-2025-530179)
CONSORCIO DE LA VIVIENDA DE BARCELONA. Anuncio de notificación de 26 de mayo de 2025 en procedimientos relativos a actos administrativos en materia de vivienda.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 29 de julio de 2025

Supl. N. Pág. 4

plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al que se haya producido la
desestimación tácita.

EXPEDIENTE

DNI/NIE PERSONA INTERESADA

RMI072022-004

51051313F

MD012023-032

49895658X

RMD102023-106 37810167F
RGG022023-006 37502118C
RMD032023-073 49718081Q
RMD032024-015 49718081Q
RMD012024-039 X4324919E
RGG022024-005 37502118C
RMD102024-101 Y2925873B

RESOLUCIONES DE REVOCACIÓN DE LAS PRESTACIONES ECONÓMICAS DE
URGENCIA SOCIAL PARA EL MANTENIMIENTO DE LA VIVIENDA DE ALQUILER Y
PARA LAS DERIVADAS DE LA MEDIACIÓN EN LA CIUTAT DE BARCELONA PARA
LOS AÑOS 2021, 2022 I 2023, ASÍ COMO DE LAS PRESTACIONES PARA EL PAGO
DEL ALQUILER EN LA CIUDAD DE BARCELONA PARA LOS AÑOS 2020, 2021, 2022
Y 2023.
Acto administrativo que se notifica: resoluciones de revocación de las prestaciones
económicas de urgencia social para el mantenimiento de la vivienda de alquiler y para
las derivadas de la mediación en la ciudad de Barcelona, así como de las prestaciones
para el pago del alquiler en la ciudad de Barcelona.
Así mismo se notifica que contra la correspondiente resolución, que no pone fin a la
vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada dentro del plazo de un mes
desde la fecha de notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y
122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan
ejercitar, en su caso, cualquier otro que estimen procedente. Contra la resolución
expresa del recurso de alzada se podrá interponer recurso contencioso administrativo
ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a su notificación, al amparo de lo que dispone la
Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Contra la desestimación tácita del recurso, que se entenderá producida una vez
transcurridos tres meses contados desde el día siguiente al de su interposición sin que
se haya notificado resolución expresa, se podrá interponer recurso contencioso
administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Barcelona, en el
plazo de seis meses a contar desde el día siguiente al que se haya producido la
desestimación tácita.

EXPEDIENTE

DNI/NIE PERSONA INTERESADA

RMD082020-038 46434398C
RMD082020-052 26317786J
RMD082020-111 43541869V
RFA102020-127

26614695S

cve: BOE-N-2025-885d95c7c934aba33c48c9db6a374de4a1ff9c3e
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 181