Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Línea De La Concepción, La. (BOE-N-2025-530655)
Anuncio de notificación de 22 de julio de 2025 en procedimiento Notificación infructuosa de inicio de procedimiento de restablecimiento de la legalidad urbanística sobre Travesía Sobrevela, 4, 40, Zabal Bajo, de esta ciudad (Expte.: 2025_11022_URB61_00004).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 181

Martes 29 de julio de 2025

Supl. N. Pág. 2

procediendo a la demolición de las construcciones y a la reagrupación forzosa de la
parcelación.
TERCERO.- Con fecha 26 de octubre de 2024, mediante Decreto de Alcaldía n.º
04078/2024, se resuelve iniciar Procedimiento de Restablecimiento de la Legalidad
Urbanística, contra los titulares registrales de la parcela, determinándose en el punto
primero y segundo de la parte dispositiva lo siguiente:
PRIMERO.- Iniciar procedimiento de protección de la legalidad urbanística contra Dª
MARÍA YOLANDA FLORÍN RUIZ y D. JUAN RAMÍREZ CHECA, D. ANDRÉS PÉREZ
RIOS, Dª JOANA RAMÍREZ FLORÍN, D. JOSE LUIS MACIAS DUARTE, Dª MACARENA
MACIAS DUARTE, Dª BEATRIZ MARISCAL MORALES y D. ADRIÁN RODRÍGUEZ
GARCÍA, Dª ANA FABIOLA FLORES BECERRA, Dª MARÍA DEL ROCÍO GONZÁLEZ
COBALEA (propietarios registrales) así como a D. JUAN ANTONIO FIGUEROA
CARRERA Y Dª ANA MARÍA RODRÍGUEZ HIDALGO (compradores de una parte
proindivisa de 8,65% de la finca); por los actos de parcelación y realización de obras
consistentes en CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS Y PISCINAS en Zabal Bajo Polígono
3 Ref. Catastral n.º 0087106TF9008N0001YZ Finca registral número 31.198, T.M. La
Línea de la Concepción.
SEGUNDO.- Se deberá proceder a la reposición de la realidad física alterada a su
estado originario por ser las obras incompatibles con la ordenación urbanística vigente,
procediendo a la demolición de las construcciones y a la reagrupación forzosa de la
parcelación.
CUARTO.- Consta en el expediente que el citado acuerdo de inicio de procedimiento
es notificado a todos los propietarios registrales y catastrales de la parcela.
QUINTO.- Con fecha 22/11/2024, con RGE n.º 2024030977E y nº2024030975E, D.
José Luis Macías Duarte y Dña. Macarena Macías Duarte respectivamente, presentaron
escritos de alegaciones, que fueron desestimadas mediante Decreto de Alcaldía LIDIS
-00003-2025 de fecha 27 de enero de 2025.
SÉPTIMO.- Consta en el expediente que el citado decreto desestimando las
alegaciones de D. José Luis Macías Duarte fue notificado el día 14/02/2025 y a Doña
Macarena Macías Duarte mediante publicación en BOE 12/05/2025 al haber sido
rechazada su puesta a disposición por sede electrónica el día 27/01/2025
Conforme a los siguientes Fundamentos de Derecho:
El presente procedimiento tiene por objeto el ejercicio de la potestad de
restablecimiento de la legalidad urbanística respecto a las actuaciones edificatorias y
parcelarias llevadas a cabo en parcela sita en Travesía Sobrevela 4-40 del Polígono 3
del Zabal Bajo Ref. Catastral n.º 0087106TF9008N0001YZ.
SEGUNDO.- COMPETENCIA
La competencia en la materia viene regulada en el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de
2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL)
Es competencia de la Alcaldía la resolución del procedimiento de restablecimiento de
la legalidad urbanística de conformidad con lo establecido en el art. 21.1.s) LRBRL en
relación al artículo 158.2 de la Ley 7/2021,de 1 de diciembre, de impulso para la
sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA)
TERCERO.- NORMATIVA URBANÍSTICA APLICABLE
Resulta aplicable la siguiente legislación urbanística:
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana (TRLSRU).

cve: BOE-N-2025-424a6b5605291fc95cb9868e268f815644e7c330
Verificable en https://www.boe.es

PRIMERO.- OBJETO