Administración Local. Zaragoza. Ayuntamiento De Zaragoza. (BOE-N-2025-460674)
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador.
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Jueves 26 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ZARAGOZA
AYUNTAMIENTO DE ZARAGOZA
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 19 de junio de
2025 en procedimiento Incoar procedimiento sancionador.
ID: N2500457403

Habiendo resultado fallido el intento de notificación personal (intento infructuoso de la
notificación) a B.A.M.C, con N.I.F. 26279533D, titular de la actividad de Bar con música
denominado VRUTAL, sito en C/Eduardo Dato, 21, y, de conformidad con lo dispuesto en
el Art. 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común,
por medio del presente se le pone de manifiesto que, en relación con el expediente
número 24778/2025, que podrá ser consultado en la Gerencia de Urbanismo, Servicio de
Disciplina Urbanística, sita en Vía Hispanidad número 20, 1ª planta, “Edificio El
Seminario” Zaragoza,
El Consejo de Gerencia, en virtud de la delegación de atribuciones realizada
mediante Acuerdo del Gobierno de Zaragoza de fecha 17 de febrero de 2009, ratificado
por el Gobierno de Zaragoza el 22 de Diciembre de 2017, en fecha 05 de mayo de 2025
resolvió lo siguiente:
PRIMERO.- Incoar expediente sancionador B.A.M.C. respecto a la actividad de Bar
con música denominado VRUTAL, sito en calle Eduardo Dato, 21, por la comisión de una
infracción administrativa consistente en el incumplimiento de las condiciones
establecidas, en materia de contaminación acústica, en la autorización o licencia
ambiental o de actividades clasificadas, en la autorización de inicio de actividad, en la
licencia de apertura, en la autorización o aprobación del proyecto sometido a evaluación
de impacto ambiental o en otras figuras de intervención administrativa.
A la vista de los antecedentes obrantes en el Seguimiento de Expedientes
Administrativos y Acuerdos del Excmo. Ayuntamiento de Zaragoza se constata que el
referido establecimiento tiene licencia urbanística y de funcionamiento, tramitadas
respectivamente en expedientes administrativos 3043333/1990 y 3109975/1996,
concediéndose la primera por resolución municipal de fecha 15 de julio de 1991 y la de
funcionamiento por resolución de fecha 18 de julio de 1997. El actual titular con fecha 05
de febrero de 2025 solicitó cambio de titularidad en Expediente 7954/2025, sin que
conste resolución de la misma.
Dichas resoluciones municipales contienen la exigencia de adoptar todas aquellas
medidas que vinieran impuestas por disposiciones de carácter general o por Ordenanzas
Municipales, incluyendo el no superar los niveles sonoros establecidos en el Título III de
la Ordenanza Municipal de Protección contra ruidos y vibraciones en vigor. Así, en la
denuncia en fecha y hora respectivamente 23 de diciembre de 2024 a las 01:40h., se
constata mediante acta de medición de ruidos que sobrepasa en 3,86 dB el nivel máximo
de ruidos permitido por horario y decibelios.
La infracción aparece tipificada como grave en el artículo 43.4 c) de la Ley 7/2010, de
18 de noviembre, de protección contra la contaminación acústica de Aragón, en relación

cve: BOE-N-2025-9c37ca0e80c136d9ca04b185c3e9d702d85b2192
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Núm. 153