Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Sanlúcar De Barrameda. (BOE-N-2025-459908)
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 23 de junio de 2025 en procedimiento sancionador.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 26 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CÁDIZ
AYUNTAMIENTO DE SANLÚCAR DE BARRAMEDA
GERENCIA MUNICIPAL DE URBANISMO. Anuncio de notificación de 23 de junio de
2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500463751

No habiéndose podido notificar a los interesados (DNI: 49.039.686-Y y 49.040.238-Y)
la Resolución de Incoación dictada en el Expediente Administrativo 4640/2024, incoado
por la comisión de una infracción urbanística tipificada en los artículos 162.1 b) de la Ley
7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía y
380 b) del Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento
General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del
territorio de Andalucía, consistente en demolición de trastero de 67 m² y construcción de
vivienda con una superficie aproximada de 70,45 m², sin la preceptiva licencia municipal,
en Avenida de los Santos, mediante el presente edicto, según establece el artículo 44 de
la Ley 39/2015, de 1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se publica la citada Resolución a los efectos de su
notificación:
Visto Expediente Administrativo 4640/2024 iniciado contra el interesado con
Documento Nacional de Identidad nº 49.039.686-Y y la interesada con Documento
Nacional de Identidad n.º 49.040.238-Y, por la realización de actos consistentes en
demolición de trastero de 67 m² y construcción de vivienda con una superficie
aproximada de 70,45 m², sin contar con la preceptiva licencia municipal, en Avenida de
los Santos, y habiéndose emitido informe técnico y jurídico de fecha 28 de noviembre y
10 de diciembre de 2024 respectivamente, RESUELVO:
PRIMERO: Incoar procedimiento sancionador por infracción urbanística con arreglo a
lo establecido en la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del
territorio de Andalucía (en adelante LISTA) y en el Decreto 550/2022, de 29 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de
diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (en adelante
RGLISTA), que se seguirá por los trámites contenidos en la Ley 39/2015, de 1 de
Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en
adelante LPAC) y en la Ley 40/2015, de 1 de Octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en virtud de los hechos, sujetos y demás circunstancias recogidas en el
expediente.
A.- HECHOS: Se han llevado a cabo actos consistentes en demolición de trastero de
67 m² y construcción de vivienda con una superficie aproximada de 70,45 m², tal y como
puede comprobarse en la documentación fotográfica tomada por el Servicio de
Inspección de fecha 3 de mayo de 2024.
El 28 de noviembre de 2024 se emite informe por la Arquitecto Técnico del
Departamento de Licencias y Disciplina del siguiente tenor literal:
“Las obras ejecutadas se encuentran enclavadas en SUELO URBANO (NO
CONSOLIDADO UE-HG-5), (el cual se encuentra delimitado conforme a los

cve: BOE-N-2025-af5cf161e2b2b10e79249c89cfc67e3b7def8c62
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 153