Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Vinaròs. (BOE-N-2025-453107)
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Orden de Ejecución (Exp. 9543/2023).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

**3º.-**Visto que, previo encargo municipal, los trabajos han sido ejecutados por
(B80399660), por un importe total de 363,56 €, según factura presentada ante este
Ayuntamiento en fecha 08/05/2025 (2025-E-RSIR-1274).
**4º.-**Visto el informe con propuesta de resolución de la TAG de Urbanismo, de
fecha 3/06/2025, y de conformidad con el mismo.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1º.- De conformidad con lo previsto en los artículos 101 y 102 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
el importe de los gastos, daños y perjuicios que resulten por la ejecución subsidiaria de
actos administrativos se exigirá conforme al procedimiento previsto en las normas
reguladoras del procedimiento de apremio.
2º.- Considerando las facultades que atribuye a la Alcaldía-Presidencia el art. 21.1.s)
de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local.
En virtud de lo expuesto,
RESUELVO:
Primero.- Aprobar la liquidación definitiva de los trabajos de ejecución subsidiaria del
Decreto de Alcaldía n.º 2024-0260, de fecha 26/01/2024, por el que se ordenaba la
limpieza del terreno situado en CL REMEDIO 57, del término municipal de Vinaròs
(Castellón), de referencia catastral 6234237BE8863C0001AK , ascendiendo el coste real
y efectivo a un total de 363,56 €.
Segundo.- Comunicar esta resolución a la Tesorería municipal, para que proceda a la
recaudación de la cantidad líquida complementaria a la liquidada con carácter
provisional.
Tercero.- Notificar esta resolución a la/s persona/s interesada/s, indicándoles los
recursos pertinentes contra la misma.»
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer
recurso de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
recepción de la presente notificación, ante el Alcalde de este Ayuntamiento, de
conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien,
directamente, recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Castellón, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al
de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que considere
oportuno.”
Vinaròs, 20 de junio de 2025.- Alcaldessa-Presidenta. MARIA DOLORES MIRALLES
MIR

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