Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Vinaròs. (BOE-N-2025-453107)
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Orden de Ejecución (Exp. 9543/2023).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151

Martes 24 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE VINARÒS
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Orden de Ejecución
(Exp. 9543/2023).
ID: N2500460170

Expediente: 9543/2023
Acto a notificar: aprobación liquidación definitiva gastos ejecución subsidiaria
Persona interesada: 73387934V
En relación con el expediente de referencia, y de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 41 y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, habiéndose intentado sin efecto la notificación
del acto administrativo que se indica por causas no imputables a la Administración, se
publica el contenido íntegro del mismo, para que sirva de notificación a la persona
interesada:
“Mediante la presente se le notifica el Decreto de Alcaldía n.º 2025-2324, de fecha
03/06/2025, del tenor literal siguiente:
«DECRETO DE ALCALDÍA
1º.- Visto que, tramitado el correspondiente procedimiento, por Decreto de Alcaldía
n.º 2024-0260, de fecha 26/01/2024, se ordenaba a la propiedad del inmueble situado en
CL REMEDIO 57, del término municipal de Vinaròs (Castellón), de referencia catastral
6234237BE8863C0001AK , que en el plazo de un mes, procediera a la efectiva limpieza
de la finca, con el desbroce de arbustos y vegetación, tala y/o poda de árboles, retirada
de escombros, incluso el transporte de los residuos generados a punto de vertido
autorizado, y cualquier otra actuación necesaria, a efectos de dejar la finca en las
debidas condiciones de seguridad, salubridad, ornato público y decoro.
**2º.-**Visto que, constatado el incumplimiento de lo ordenado, por Decreto de
Alcaldía n.º 2024-2878, de fecha 30/07/2024, se resolvió proceder a la ejecución
subsidiaria de las actuaciones referidas, ya que, por no ser personalísimas, podían ser
realizadas por sujeto distinto del obligado, y proceder a la contratación externa de los
trabajos, de conformidad con lo previsto en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de
Contratos del Sector Público.
Así mismo, se aprobó la liquidación provisional de los los gastos, daños y perjuicios
generados, por importe de 121,31 €, a reserva de la liquidación definitiva, y se ordenó
exigir su cobro a 73387934V, en calidad de sujeto obligado.
2º.- La anterior resolución fue notificada a las personas interesadas de conformidad
con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, siendo firme en vía administrativa.

cve: BOE-N-2025-647abbe7dd81b48f5531168e57d248a542204107
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ANTECEDENTES DE HECHO