Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Matadepera. (BOE-N-2025-452999)
Anuncio de notificación de 20 de junio de 2025 en procedimiento Expediente de protección de la legalidad urbanística X2024009706.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
- La competencia para la resolución de este procedimiento corresponde a la
Concejala de Urbanismo y Vivienda, de acuerdo con las delegaciones efectuadas por la
Alcaldía mediante Decreto número 569 de fecha 29.04.2025.
Por todo ello, RESUELVO:
Primero.- Imponer a Guillermo López Zarco una multa coercitiva por importe de
2.000,00€, con motivo del incumplimiento de la orden de restauración de la realidad
física alterada y del orden jurídico vulnerado adoptada mediante el Decreto núm. 1378
de resolución del expediente de protección de la legalidad urbanística X2024009706.
Segundo.- Requerir de nuevo a Guillermo López Zarco para que en los mismos
plazos indicados en la orden de restauración adoptada mediante el Decreto núm. 1378
de resolución del expediente de protección de la legalidad urbanística X2024009706 (un
mes), contado desde la notificación correspondiente, ejecute las medidas ordenadas
consistentes en el derribo y retirada de la ampliación de la edificación (garaje) realizada
fuera de los límites edificables.
Tercero.- Advertir a la persona interesada que la finalización de este nuevo plazo de
un mes sin cumplir el orden de restauración implicará la imposición de una segunda
multa coercitiva por importe de 3.000,00 euros.
Cuarto.- Notificar este acuerdo a las personas interesadas por su conocimiento y
efectos oportunos.”
Régimen de recursos
Contra este acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación o, en su caso,
publicación.
En caso de que la desestimación del recurso de reposición se produjera por silencio
administrativo –silencio que se produce por el transcurso de un mes a contar desde la
fecha de su interposición sin que se haya notificado o, en su caso, publicado su
resolución el plazo para la interposición del recurso contencioso administrativo será de
seis meses a contar desde el día siguiente al día.
Asimismo, puede interponer cualquier recurso previsto en la legislación vigente que
considere procedente, de acuerdo con lo que dispone el artículo 40.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas (LPAC).
Matadepera, 20 de junio de 2025.- Isabel Martínez Bellver, secretaria
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-74c692ce21d9f6834515873a8344d71e5472574b
Verificable en https://www.boe.es
Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien
directamente contra este acto, se podrá interponer recurso contencioso administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Barcelona, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de su notificación
o, en su caso, publicación, de acuerdo con lo que prevé el 9 8 4 julio, reguladora de la
jurisdicción contencioso-administrativa.
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
- La competencia para la resolución de este procedimiento corresponde a la
Concejala de Urbanismo y Vivienda, de acuerdo con las delegaciones efectuadas por la
Alcaldía mediante Decreto número 569 de fecha 29.04.2025.
Por todo ello, RESUELVO:
Primero.- Imponer a Guillermo López Zarco una multa coercitiva por importe de
2.000,00€, con motivo del incumplimiento de la orden de restauración de la realidad
física alterada y del orden jurídico vulnerado adoptada mediante el Decreto núm. 1378
de resolución del expediente de protección de la legalidad urbanística X2024009706.
Segundo.- Requerir de nuevo a Guillermo López Zarco para que en los mismos
plazos indicados en la orden de restauración adoptada mediante el Decreto núm. 1378
de resolución del expediente de protección de la legalidad urbanística X2024009706 (un
mes), contado desde la notificación correspondiente, ejecute las medidas ordenadas
consistentes en el derribo y retirada de la ampliación de la edificación (garaje) realizada
fuera de los límites edificables.
Tercero.- Advertir a la persona interesada que la finalización de este nuevo plazo de
un mes sin cumplir el orden de restauración implicará la imposición de una segunda
multa coercitiva por importe de 3.000,00 euros.
Cuarto.- Notificar este acuerdo a las personas interesadas por su conocimiento y
efectos oportunos.”
Régimen de recursos
Contra este acto, que es definitivo en vía administrativa, podrá interponerse, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de su notificación o, en su caso,
publicación.
En caso de que la desestimación del recurso de reposición se produjera por silencio
administrativo –silencio que se produce por el transcurso de un mes a contar desde la
fecha de su interposición sin que se haya notificado o, en su caso, publicado su
resolución el plazo para la interposición del recurso contencioso administrativo será de
seis meses a contar desde el día siguiente al día.
Asimismo, puede interponer cualquier recurso previsto en la legislación vigente que
considere procedente, de acuerdo con lo que dispone el artículo 40.2 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas (LPAC).
Matadepera, 20 de junio de 2025.- Isabel Martínez Bellver, secretaria
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-74c692ce21d9f6834515873a8344d71e5472574b
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Contra la desestimación expresa del recurso de reposición, en su caso, o bien
directamente contra este acto, se podrá interponer recurso contencioso administrativo
ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de la provincia de Barcelona, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de su notificación
o, en su caso, publicación, de acuerdo con lo que prevé el 9 8 4 julio, reguladora de la
jurisdicción contencioso-administrativa.