Administración Local. Santa Cruz De Tenerife. Ayuntamiento De Arona. (BOE-N-2025-453609)
Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Notificación (Resolución).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 5
Características de la evacuación de las aguas residuales (saneamiento) y, en su
caso, si fuera preceptiva la necesidad de autorización del vertido de acuerdo con el
Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de
Vertidos para la Protección del Dominio Público Hidráulico.
Del resto de las instalaciones y de los instaladores que las han ejecutado, y que
cumplen con la normativa vigente.
Consecuentemente, y a la vista de lo hasta aquí expuesto, el Técnico que suscribe
emite el presente INFORME DESFAVORABLE ante la imposibilidad de valorar la
incidencia de la actividad, precisando información técnica adicional a la presentada por el
interesado, debiéndose adjuntar Anexo a Certificado Final de Obra, firmado por Técnico
competente y con el correspondiente visado colegial cuando fuera exigible, aportando la
documentación solicitada donde conste la información complementaria requerida”.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la LPACAP, se le
comunica que el expediente de referencia, se encuentra de manifiesto a efectos de que
pueda ser examinado en la Sección de Actividades del Ayuntamiento de Arona, durante
el PLAZO DE DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la
notificación de este acto. Transcurrido el plazo que se le otorga, y vista la documentación
y alegaciones presentadas, se declarará la ineficacia de la comunicación previa
presentada, y la imposibilidad de desarrollar actividad.
Lo que le notifico, en cumplimiento de lo previsto en el art. 40 de la LPACAP,
haciéndole saber que contra el presente acto no cabe interponer recurso alguno, al no
tratarse de un acto trámite que decida directa o indirectamente el fondo del asunto,
determine la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzca indefensión o cause
perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos (artículo 112 LPACAP).
Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 01 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para que sirva de notificación en forma a la interesada, con
Nº Y8370946H.
cve: BOE-N-2025-583456a2c0fb2650a9947572e1338d22bc0a5b7f
Verificable en https://www.boe.es
Arona, 19 de junio de 2025.- Sello del órgano de la secretaria general del
Ayuntamiento de Arona
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 5
Características de la evacuación de las aguas residuales (saneamiento) y, en su
caso, si fuera preceptiva la necesidad de autorización del vertido de acuerdo con el
Decreto 174/1994, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Control de
Vertidos para la Protección del Dominio Público Hidráulico.
Del resto de las instalaciones y de los instaladores que las han ejecutado, y que
cumplen con la normativa vigente.
Consecuentemente, y a la vista de lo hasta aquí expuesto, el Técnico que suscribe
emite el presente INFORME DESFAVORABLE ante la imposibilidad de valorar la
incidencia de la actividad, precisando información técnica adicional a la presentada por el
interesado, debiéndose adjuntar Anexo a Certificado Final de Obra, firmado por Técnico
competente y con el correspondiente visado colegial cuando fuera exigible, aportando la
documentación solicitada donde conste la información complementaria requerida”.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 82 de la LPACAP, se le
comunica que el expediente de referencia, se encuentra de manifiesto a efectos de que
pueda ser examinado en la Sección de Actividades del Ayuntamiento de Arona, durante
el PLAZO DE DIEZ (10) DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la
notificación de este acto. Transcurrido el plazo que se le otorga, y vista la documentación
y alegaciones presentadas, se declarará la ineficacia de la comunicación previa
presentada, y la imposibilidad de desarrollar actividad.
Lo que le notifico, en cumplimiento de lo previsto en el art. 40 de la LPACAP,
haciéndole saber que contra el presente acto no cabe interponer recurso alguno, al no
tratarse de un acto trámite que decida directa o indirectamente el fondo del asunto,
determine la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzca indefensión o cause
perjuicio irreparable a derechos e intereses legítimos (artículo 112 LPACAP).
Lo que se anuncia de conformidad con lo preceptuado en el artículo 44 de la Ley
39/2015, de 01 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para que sirva de notificación en forma a la interesada, con
Nº Y8370946H.
cve: BOE-N-2025-583456a2c0fb2650a9947572e1338d22bc0a5b7f
Verificable en https://www.boe.es
Arona, 19 de junio de 2025.- Sello del órgano de la secretaria general del
Ayuntamiento de Arona
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X