Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-453008)
Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad de Cataluña.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 4
- Presencialmente a las oficinas de atención a la Ciudadanía (OAC). En el caso de
querer concertar cita previa, podéis hacerlo a través de www.santcugat.cat/citaprevia o
trucando al 010 (900104941 si trucáis desde el teléfono móvil o de fuera del municipio).
Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración
únicamente podrán realizar el trámite por medios electrónicos.
El anterior sin perjuicio de las otras vías de presentación de escritos establecidas a la
normativa aplicable.PAGO: El pago de la sanción se podrá consignar en lo cuente
número ES82-0081-0001-11-0001921003 Banco de Sabadell, o en cualquier de las
entidades financieras o de crédito con oficina abierta en este municipio, haciendo constar
el número de expediente, 11324/2025, el nombre y apellidos y el DNI de la persona
interesada.
RÉGIMEN DE RECURSOS:
Contra este acto, que es de trámite y no definitivo en vía administrativa, no procede
ningún recurso, puesto que no decide el fondo del asunto, no determina la imposibilidad
de continuar el procedimiento ni produce indefensión, ni perjuicio irreparable a derechos
o intereses legítimos, teniendo en cuenta el que disponen los artículos 112.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas (LPAC), y 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa.
Aun así, puede interponer cualquier recurso previsto a la legislación vigente que
considere procedente, de acuerdo con lo que dispone el artículo 40.2 de la LPAC."
cve: BOE-N-2025-400e88f84bb5aa33004085bd3c5870be1e8d3c5d
Verificable en https://www.boe.es
SANT CUGAT DEL VALLES, 19 de junio de 2025.- La Secretaria General Rosa
Castella Mata, PA
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 4
- Presencialmente a las oficinas de atención a la Ciudadanía (OAC). En el caso de
querer concertar cita previa, podéis hacerlo a través de www.santcugat.cat/citaprevia o
trucando al 010 (900104941 si trucáis desde el teléfono móvil o de fuera del municipio).
Las personas obligadas a relacionarse electrónicamente con la administración
únicamente podrán realizar el trámite por medios electrónicos.
El anterior sin perjuicio de las otras vías de presentación de escritos establecidas a la
normativa aplicable.PAGO: El pago de la sanción se podrá consignar en lo cuente
número ES82-0081-0001-11-0001921003 Banco de Sabadell, o en cualquier de las
entidades financieras o de crédito con oficina abierta en este municipio, haciendo constar
el número de expediente, 11324/2025, el nombre y apellidos y el DNI de la persona
interesada.
RÉGIMEN DE RECURSOS:
Contra este acto, que es de trámite y no definitivo en vía administrativa, no procede
ningún recurso, puesto que no decide el fondo del asunto, no determina la imposibilidad
de continuar el procedimiento ni produce indefensión, ni perjuicio irreparable a derechos
o intereses legítimos, teniendo en cuenta el que disponen los artículos 112.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas (LPAC), y 25.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la jurisdicción contencioso-administrativa.
Aun así, puede interponer cualquier recurso previsto a la legislación vigente que
considere procedente, de acuerdo con lo que dispone el artículo 40.2 de la LPAC."
cve: BOE-N-2025-400e88f84bb5aa33004085bd3c5870be1e8d3c5d
Verificable en https://www.boe.es
SANT CUGAT DEL VALLES, 19 de junio de 2025.- La Secretaria General Rosa
Castella Mata, PA
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X