Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-453008)
Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad de Cataluña.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Incoación de los
procedimientos sancionadores por infracciones de la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de
accesibilidad de Cataluña.
ID: N2500458059
ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución 1911/2025 de fecha 24
d'abril de 2025 Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la Ley
13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad de Cataluña, previa adaptación de los datos
de carácter personal que esta contiene a lo que establece la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos, para su
notificación vía publicación a la persona con documento de identidad número
74368088A:
“Le notifico la resolución número 1911/2025, de fecha 24 de abril de 2025, que en su
parte oportuna dice lo siguiente:
Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la Ley 13/2014,
de 30 de octubre, de accesibilidad de Cataluña
El artículo 4.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local y el artículo 8.1 f) del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se
aprueba la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña, regulan la potestad
sancionadora correspondiente a los entes locales de Cataluña.
En el Título VII de la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad de Cataluña
(LA), se regula el régimen sancionador en materia de accesibilidad.
En el anexo a la resolución se relacionan las denuncias policiales que han sido
emitidas por infracción de los preceptos de la LA y que dan lugar al inicio e instrucción
del procedimiento sancionador. Para las conductas denunciadas, y sin perjuicio de
aquello que resulte de la instrucción de los procedimientos, pueden corresponderse las
sanciones que se expresan en la mencionada relación anexa, de acuerdo con las
previsiones de la LA en en cuanto a la tipificación y calificación de las infracciones y tipos
y graduación de las sanciones.
El procedimiento sancionador se tiene que ajustar al que prevén la Ley 26/2010, de 3
de agosto de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de
Cataluña (LPACAPC); la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento administrativo
común de las Administraciones públicas (LPACAP), la ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen jurídico de sector público (LRJSP), y el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre,
sobre el procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la
Generalitat de Cataluña (DPSAACGC) en todo aquello que no contradiga con la
normativa mencionada; y sin perjuicio de la aplicación de la normativa específica
aplicable; sin perjuicio de la normativa específica aplicable.
cve: BOE-N-2025-400e88f84bb5aa33004085bd3c5870be1e8d3c5d
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151
Martes 24 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Incoación de los
procedimientos sancionadores por infracciones de la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de
accesibilidad de Cataluña.
ID: N2500458059
ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución 1911/2025 de fecha 24
d'abril de 2025 Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la Ley
13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad de Cataluña, previa adaptación de los datos
de carácter personal que esta contiene a lo que establece la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos, para su
notificación vía publicación a la persona con documento de identidad número
74368088A:
“Le notifico la resolución número 1911/2025, de fecha 24 de abril de 2025, que en su
parte oportuna dice lo siguiente:
Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la Ley 13/2014,
de 30 de octubre, de accesibilidad de Cataluña
El artículo 4.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local y el artículo 8.1 f) del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se
aprueba la Ley Municipal y de Régimen Local de Cataluña, regulan la potestad
sancionadora correspondiente a los entes locales de Cataluña.
En el Título VII de la Ley 13/2014, de 30 de octubre, de accesibilidad de Cataluña
(LA), se regula el régimen sancionador en materia de accesibilidad.
En el anexo a la resolución se relacionan las denuncias policiales que han sido
emitidas por infracción de los preceptos de la LA y que dan lugar al inicio e instrucción
del procedimiento sancionador. Para las conductas denunciadas, y sin perjuicio de
aquello que resulte de la instrucción de los procedimientos, pueden corresponderse las
sanciones que se expresan en la mencionada relación anexa, de acuerdo con las
previsiones de la LA en en cuanto a la tipificación y calificación de las infracciones y tipos
y graduación de las sanciones.
El procedimiento sancionador se tiene que ajustar al que prevén la Ley 26/2010, de 3
de agosto de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de
Cataluña (LPACAPC); la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento administrativo
común de las Administraciones públicas (LPACAP), la ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen jurídico de sector público (LRJSP), y el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre,
sobre el procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la
Generalitat de Cataluña (DPSAACGC) en todo aquello que no contradiga con la
normativa mencionada; y sin perjuicio de la aplicación de la normativa específica
aplicable; sin perjuicio de la normativa específica aplicable.
cve: BOE-N-2025-400e88f84bb5aa33004085bd3c5870be1e8d3c5d
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 151