Comunidades Y Ciudades Autónomas. Ciudad De Ceuta. Consejería De Fomento, Medio Ambiente Y Servicios Urbanos. (BOE-N-2025-452800)
Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento sancionador por el ejercicio de la actividad de venta de alimentación en establecimiento sito en C/ Flecha Bermudez 3, con importantes deficiencias en materia de sanidad.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 24 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
CIUDAD DE CEUTA
CONSEJERÍA DE FOMENTO, MEDIO AMBIENTE Y SERVICIOS URBANOS
Anuncio de notificación de 18 de junio de 2025 en procedimiento sancionador por el
ejercicio de la actividad de venta de alimentación en establecimiento sito en C/ Flecha
Bermudez 3, con importantes deficiencias en materia de sanidad.
ID: N2500452888

El titular del documento Y2589615J presenta declaración responsable para ejercer la
actividad de Venta menor de alimentación, en establecimiento sito en C/ Flecha
Bermúdez nº 3 de Ceuta.
2º.-Consta Decreto de fecha 13 de marzo de 2024 en el que se acuerda Ordenar,
como medida cautelar, al titular del documento Y2589615J, la suspensión de la actividad
que se está ejerciendo en el establecimiento sito en C/ Flecha Bermúdez nº 3 de Ceuta,
conforme al informe del Servicio de inspección veterinaria de fecha 11 de marzo de 2024.
- Consta informe técnico municipal nº 420/24..” Analizada la nueva documentación
presentada y tras la visita de inspección realizada, se informa que las deficiencias
encontradas han sido subsanadas, por lo que no existen inconvenientes de índole
técnico para la concesión de licencia solicitada.”
Consta informe del servicio de inspección veterinaria de fecha 08 de mayo de 2024
en Consta informe favorable del servicio de extinción de incendios de fecha 29 de enero
de 2024.
3º.-Consta Decreto de fecha 30 de mayo de 2024 en el que se acuerda ente otros
levantar la medida cautelar de suspensión de actividad ordenada al titular del documento
Y2589615J, con relación al establecimiento sito en C/ Flecha Bermúdez nº 3 de Ceuta,
de acuerdo al informe del Servicio de inspección veterinaria de fecha 08 de mayo de
2024 y al informe técnico nº 420/24 e iniciar procedimiento sancionador al titular del
documento Y2589615J por la presunta comisión de una infracción urbanística
consistente en el ejercicio de la actividad venta de alimentación en el establecimiento sito
en C/ Flecha Bermúdez nº 3 de Ceuta.
Presentadas alegaciones se solicita informe al servicio de inspección veterinaria
emitiéndose informe por dicho servicio con fecha 10 de septiembre de 2024.
4º.-Consta Decreto de fecha 09 de octubre de 2024 en el que se acuerda Desestimar
las alegaciones presentadas con fecha 24 de mayo de 2024 de acuerdo al contenido del
informe del servicio de inspección veterinaria de fecha 10 de septiembre de
2024.Declarar la caducidad del procedimiento sancionador incoado por Decreto de fecha
09 de OCTUBRE de 2024 al haber operado el instituto de la caducidad. Así como, iniciar,
al no haber prescrito la infracción, y teniendo en cuanto lo previsto en el artículo 95. 3.
A la vista de las actuaciones practicadas e informes emitidos, así como de los
hechos constatados anteriormente descritos, resultan de aplicación los siguientes.
PRIMERO.-El artículo 30 del Estatuto de Autonomía de Ceuta señala que la Ciudad
de Ceuta se regirá, en materia de procedimiento administrativo, contratos, concesiones,
expropiaciones, responsabilidad patrimonial, régimen de bienes y demás aspectos del
régimen jurídico de su Administración, por lo establecido, con carácter general, por la

cve: BOE-N-2025-bc5e1101e6c1e04fc93b741e8051dd1fcb87317d
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Núm. 151