Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Badajoz. (BOE-N-2025-451485)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE BADAJOZ 1. Anuncio de notificación de 19 de junio de 2025 en procedimiento Art 199 L.H.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
06016000342365. -Descripción de la finca según Registro: RUSTICA: TIERRA al sitio del
CODOSAL, término de Badajoz. Tiene una cabida de cinco hectáreas, veintiún áreas y
setenta y seis centiáreas. LINDA: Norte con finca de Paulino Rodríguez Aliseda: Oeste,
finca La Adelantada; Este, finca del mismo titular que la de este número; y Sur camino
del Alamo. -Finca Registral 25.078 de Badajoz 01. - C.R.U. 06016000342372. Descripción de la finca según Registro: RUSTICA: PARTE DE HACIENDA denominada
el CODOSAL y VIÑA CHICA, término de Badajoz. Tiene una cabida de cinco hectáreas,
doce áreas y treinta y cuatro centiareas. Linda a Norte finca de Paulino Rodríguez
Aliseda y camino particular; Sur, finca de Fernando Bigeriego y otros; Este la de don
Juan Martínez Bazo y Oeste, finca de don Paulino Rodríguez Aliseda y otra de Juan Luis
Morales Cortes. Tiene a su favor y en contra de la registral 50.757, la SERVIDUMBRE de
toma de agua del pozo cubierto existente junto al transformador de la finca sirviente,
limítrofe al camino particular de ella, que discurre entre dos acequias que la cruzan de
Norte a Sur. La toma se hará mediante conducto subterráneo a lo largo del citado camino
hasta encontrar la linde Norte de la finca dominante. En cuanto a dicha conducción
subterránea se entenderá constituida asimismo servidumbre de paso para ella y para
acceso al pozo sobre la misma finca sirviente y a favor de citadas dominantes. El
ejercicio de la anterior servidumbre queda condicionado suspensivamente a que
"Extremeña de Promociones Agrícolas, S.A.", obtenga concesión oficial de
aprovechamiento de agua del Rio Guadiana, para el riego de las fincas registrales 5.817,
50.747 y 50.757, bastando acreditar el cumplimiento de la condición presentar en el
Registro de la Propiedad la citada concesión. No obstante la condición que antecede, el
aprovechamiento del agua se suspenderá en el caso de extinción de la concesión o de
que no pueda hacerse efectivo el riego de las tres fincas citadas. Bastará para
suspender el aprovechamiento la notificación notarial a los titulares registrales de las
fincas PREDIOS DOMINANTES, acompañándoles el documento del que resulte la
imposibilidad de regar mediante la concesión las fincas registrales 5817, 50747 y 50757.
Según la escritura relacionada, las fincas antes descritas SE AGRUPAN para forma la
siguiente finca: RUSTICA: Tierra en Badajoz, Parcela 47 del Polígono 223 al sitio de la
Corchuela. Tiene una superficie OCHO HECTAREAS, NOVENTA Y NUEVE AREAS y
SIETE CENTIAREAS -8Ha 99a 7ca-. Linda: al Norte, con parcela 24 del polígono 223 al
sitio de la Corchuela, catastrada a nombre de don José Sánchez Moreno, con referencia
catastral 06900A223000240001EE, con parcela 22 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don Eduardo Mondragón Valero, con referencia
catastral 06900A223000220001EI y con parcela 26 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don Isaac Albarrán Ordoñez, con referencia catastral
06900A223000260001EZ; al Sur, con parcela 9007 del polígono 223 camino Badajoz,
catastrada a nombre del Ayuntamiento de Badajoz, con referencia catastral
06900A223090070001EK; al Este, con parcela 20 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don Hector Miguel Guerrero Cano, con referencia
catastral 06900A223000200001ED y con parcela 17 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don Juan Martínez Bazo, con referencia catastral
06900A223000170001ED; y al Oeste, con parcela 27 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don ESCOBAR, S.C.L., con referencia catastral
06900A223000270001EU y con parcela 9007 del polígono 223 camino Badajoz,
catastrada a nombre del Ayuntamiento de Badajoz, con referencia catastral
06900A223090070001EK. Sobre la misma se ha construido: CASA de dos plantas con
una superficie construida de quinientos noventa y siete metros cuadrados -297ms2-,
distribuidos de la siguiente manera: -Casa en planta baja, con una superficie construida
de ciento cincuenta y siete metros cuadrados -157ms2-. -Vivienda en planta alta, con una
superficie de ochenta y seis metros cuadrados -86ms2-. -Construcción de carácter
deportivo con una superficie de trescientos cuarenta y un metros cuadrados -341-. –
Porche, con una superficie construida, computada al 50 por ciento, de trece metros
cuadrados -13ms2-. – Y dos construcciones agrarias, con una sola superficie construida
de ciento sesenta y ocho metros cuadrados -168ms2- y otra de once metros cuadrados
cve: BOE-N-2025-79208a5a33aa56bfbb06b7597bb785056898b2f3
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 150
Lunes 23 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
06016000342365. -Descripción de la finca según Registro: RUSTICA: TIERRA al sitio del
CODOSAL, término de Badajoz. Tiene una cabida de cinco hectáreas, veintiún áreas y
setenta y seis centiáreas. LINDA: Norte con finca de Paulino Rodríguez Aliseda: Oeste,
finca La Adelantada; Este, finca del mismo titular que la de este número; y Sur camino
del Alamo. -Finca Registral 25.078 de Badajoz 01. - C.R.U. 06016000342372. Descripción de la finca según Registro: RUSTICA: PARTE DE HACIENDA denominada
el CODOSAL y VIÑA CHICA, término de Badajoz. Tiene una cabida de cinco hectáreas,
doce áreas y treinta y cuatro centiareas. Linda a Norte finca de Paulino Rodríguez
Aliseda y camino particular; Sur, finca de Fernando Bigeriego y otros; Este la de don
Juan Martínez Bazo y Oeste, finca de don Paulino Rodríguez Aliseda y otra de Juan Luis
Morales Cortes. Tiene a su favor y en contra de la registral 50.757, la SERVIDUMBRE de
toma de agua del pozo cubierto existente junto al transformador de la finca sirviente,
limítrofe al camino particular de ella, que discurre entre dos acequias que la cruzan de
Norte a Sur. La toma se hará mediante conducto subterráneo a lo largo del citado camino
hasta encontrar la linde Norte de la finca dominante. En cuanto a dicha conducción
subterránea se entenderá constituida asimismo servidumbre de paso para ella y para
acceso al pozo sobre la misma finca sirviente y a favor de citadas dominantes. El
ejercicio de la anterior servidumbre queda condicionado suspensivamente a que
"Extremeña de Promociones Agrícolas, S.A.", obtenga concesión oficial de
aprovechamiento de agua del Rio Guadiana, para el riego de las fincas registrales 5.817,
50.747 y 50.757, bastando acreditar el cumplimiento de la condición presentar en el
Registro de la Propiedad la citada concesión. No obstante la condición que antecede, el
aprovechamiento del agua se suspenderá en el caso de extinción de la concesión o de
que no pueda hacerse efectivo el riego de las tres fincas citadas. Bastará para
suspender el aprovechamiento la notificación notarial a los titulares registrales de las
fincas PREDIOS DOMINANTES, acompañándoles el documento del que resulte la
imposibilidad de regar mediante la concesión las fincas registrales 5817, 50747 y 50757.
Según la escritura relacionada, las fincas antes descritas SE AGRUPAN para forma la
siguiente finca: RUSTICA: Tierra en Badajoz, Parcela 47 del Polígono 223 al sitio de la
Corchuela. Tiene una superficie OCHO HECTAREAS, NOVENTA Y NUEVE AREAS y
SIETE CENTIAREAS -8Ha 99a 7ca-. Linda: al Norte, con parcela 24 del polígono 223 al
sitio de la Corchuela, catastrada a nombre de don José Sánchez Moreno, con referencia
catastral 06900A223000240001EE, con parcela 22 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don Eduardo Mondragón Valero, con referencia
catastral 06900A223000220001EI y con parcela 26 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don Isaac Albarrán Ordoñez, con referencia catastral
06900A223000260001EZ; al Sur, con parcela 9007 del polígono 223 camino Badajoz,
catastrada a nombre del Ayuntamiento de Badajoz, con referencia catastral
06900A223090070001EK; al Este, con parcela 20 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don Hector Miguel Guerrero Cano, con referencia
catastral 06900A223000200001ED y con parcela 17 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don Juan Martínez Bazo, con referencia catastral
06900A223000170001ED; y al Oeste, con parcela 27 del polígono 223 al sitio de la
Corchuela, catastrada a nombre de don ESCOBAR, S.C.L., con referencia catastral
06900A223000270001EU y con parcela 9007 del polígono 223 camino Badajoz,
catastrada a nombre del Ayuntamiento de Badajoz, con referencia catastral
06900A223090070001EK. Sobre la misma se ha construido: CASA de dos plantas con
una superficie construida de quinientos noventa y siete metros cuadrados -297ms2-,
distribuidos de la siguiente manera: -Casa en planta baja, con una superficie construida
de ciento cincuenta y siete metros cuadrados -157ms2-. -Vivienda en planta alta, con una
superficie de ochenta y seis metros cuadrados -86ms2-. -Construcción de carácter
deportivo con una superficie de trescientos cuarenta y un metros cuadrados -341-. –
Porche, con una superficie construida, computada al 50 por ciento, de trece metros
cuadrados -13ms2-. – Y dos construcciones agrarias, con una sola superficie construida
de ciento sesenta y ocho metros cuadrados -168ms2- y otra de once metros cuadrados
cve: BOE-N-2025-79208a5a33aa56bfbb06b7597bb785056898b2f3
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Núm. 150