Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-449237)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores. Expediente 12892/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Sábado 21 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Incoación de los
procedimientos sancionadores por infracciones de la ordenanza municipal sobre ruidos,
vibraciones y olores. Expediente 12892/2025.
ID: N2500448251

ANUNCIO DE NOTIFICACIÓN
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución 2420/2025, de fecha
21 de mayo de 2025 “Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de
la ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores” previa adaptación de los datos
de carácter personal que esta contiene a lo que establece la disposición adicional
séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos, para su
notificación vía publicación a la persona con documento de identidad número 35111702V:
“Le notifico la resolución número 2420/2025, de fecha 21 de mayo de 2025, que en
su parte oportuna dice lo siguiente:
“Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la ordenanza
municipal sobre ruidos, vibraciones y olores.
El artículo 4.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen
local (LRBRL)y el arte. 8.1 f) del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se
aprueba la Ley municipal y de régimen local de Cataluña, regulan la potestad
sancionadora correspondiente a los entes locales de Cataluña (LMRLC).
El Capítulo V de la Ordenanza municipal sobre ruidos, vibraciones y olores
(OMSVO), publicada al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona el 08/06/2018,
establece el régimen sancionador en materia de ruidos, vibraciones y olores.
En el anexo a la resolución se relacionan las denuncias policiales que han sido
emitidas por infracción de los preceptos de laOMSVOy que dan lugar al inicio e
instrucción del procedimiento sancionador. Para las conductas denunciadas, y sin
perjuicio de aquello que resulte de la instrucción de los procedimientos, pueden
corresponderse las sanciones que se expresan en la mencionada relación anexa, de
acuerdo con las previsiones de la Ordenanza en cuanto a la tipificación y calificación de
las infracciones y tipos y graduación de las sanciones.
El procedimiento sancionador se tiene que ajustar al que prevén la Ley 26/2010, de 3
de agosto de régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de
Cataluña (LPACAPC); la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento administrativo
común de las Administraciones públicas (LPACAP), la ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen jurídico de sector público (LRJSP), y el Decreto 278/1993, de 9 de noviembre,
sobre el procedimiento sancionador de aplicación a los ámbitos de competencia de la
Generalitat de Cataluña (DPSAACGC)en todo aquello que no contradiga con la
normativa mencionada.

cve: BOE-N-2025-260059c63c676492916751583806a342386cdc7c
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 149