Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-449238)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Incoación del procedimiento sancionador por infracciones de la ordenanza municipal de convivencia ciudadana reguladora de los usos de las vías y de los espacios públicos. EXPEDIENTE 9068/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 149

Sábado 21 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 3

Quinto.- INFORMAR a las personas interesadas que el plazo máximo que dispone el
Ayuntamiento para resolver expresamente el procedimiento sancionador y practicar la
correspondiente notificación es de seis meses, a contar desde la fecha del Decreto de
Incoación, y que el efecto que produce el transcurso de este plazo sin que el
ayuntamiento haya notificado la resolución adoptada es la caducidad del procedimiento,
siempre que no haya estado posible por causa imputable a la persona interesada o por
la suspensión del procedimiento en los supuestos establecidos por la legislación
aplicable. Todo esto de acuerdo con los artículos 21.2 y 25.1.b) de la LPACAP en
relación con el artículo 106.2 de laLPACAPC.
Sexto. -TRASLADAR la presente resolución al instructor del procedimiento junto con
todas las actuaciones que existen sobre el procedimiento, de acuerdo con el artículo
64.1 de la LPACAP; así como al servicio de Tesorería y a los servías afectados, a los
efectos oportunos.”
ANEXO
0856886
Fecha y hora: 04-03-2025 a las 23.55 h.
Lugar de los hechos: Av. Cerdanyola, 60
185/158
Infractor: (NIF: 54925361G)
Hechos denunciados: La persona ha miccionado en la vía pública.
En la vía Pública: Av. Cerdanyola, 60
Artículo: 172.7) en relación en el artículo 103.5 ( Ensuciar con deposiciones o
micciones tanto de personas como de animales las vías públicas, sus elementos
estructurales, los edificios y las instalaciones de titularidad municipal y el mobiliario
urbano ) de la Ordenanza municipal de convivencia ciudadana reguladora de los usos de
las vías y de los espacios públicos del Ayuntamiento de Sant Cugat del Vallès, aprobada
por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada en fecha 15 de julio de
2002 y publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona número 287, de fecha
30 de noviembre de 2002.
Calificación de la sanción: Leve
Importe sanción con reducción del 20%: 72,00 €
Importe sanción con reducción del 20 % + 20 % (40 %) por pago voluntario y
reconocimiento de los hechos: 54,00 €
Órgano competente para la resolución del procedimiento:
- Para las infracciones leves y graves, la segundatenenciade alcaldía de Derechos,
Dinamización de la ciudad, comercio y seguridad, teniendo en cuenta la delegación
general de competencias contenida en el Decreto de Alcaldía n.º 441/2025 de fecha
04/02/2025, publicado al Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona de fecha
12/02/2025. De acuerdo con el artículo 21.1 n) de laLRBRLy 53.1 n) de laLMRLC. De
acuerdo con el artículo 48 de la OMSVO
- - Para las infracciones muy graves, la alcaldía, de acuerdo con el artículo 21.1 n) de
laLRBRLy 53.1 n) de laLMRLC, en relación con el Decreto de Alcaldía nª441/2025, de
fecha 04/02/2025, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona en fecha
12/02/2025. “
PERSONAS OBLIGADAS A RELACIONARSE ELECTRÓNICAMENTE:

cve: BOE-N-2025-c4466eae960c6c5abeed7caaaac73b6c8330d728
Verificable en https://www.boe.es

Importe sanción: 90,00 €