Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Barcelona. (BOE-N-2025-443011)
GERENCIA DE MOVILIDAD, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS. Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento de expediente sancionador núm. 2025_EXP_3629565 por infracción ordenanza municipal de animales.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
GERENCIA DE MOVILIDAD, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS.
Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento de expediente
sancionador núm. 2025_EXP_3629565 por infracción ordenanza municipal de animales.
ID: N2500416307
En la tramitación de este expediente con número 2025_EXP_3629565, y en tanto
que parte interesada, se ha intentado practicar notificación a con NIF 46745465N, de la
resolución de la primera teniente de Alcaldía, de fecha 26/02/2025, la cual acuerda:
Primero.- Iniciar un expediente sancionador ordinario a *** con NIF 46745465N,
como presunto responsable de las infracciones detectadas en el C. Caponata 15-17,***,
en fecha 7 de enero de 2025, consistentes en mantener a los animales sin la
alimentación necesaria o en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higiénicosanitario, de bienestar y de seguridad, si les comporta riesgo grave para la salud (art.
44.3.a del TRLPA) y no dar a los animales la atención. veterinaria necesaria para
garantizar su salud (art. 44.3.u del TRLPA).
Segundo.- De conformidad con el artículo 46 del TRLPA, teniendo en cuenta los
criterios establecidos en el artículo 29 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del
procedimiento, las sanciones provisionales correspondiente a los hechos expuestos son:
Por la infracción grave tipificada en el art. 44.3.a del TRLPA, un importe de 4.500,75€
(mantener a los animales sin la alimentación necesaria o en instalaciones inadecuadas
desde el punto de vista higiénico-sanitario, de bienestar y de seguridad, si les comporta
riesgo grave para la salud).
Por la infracción grave tipificada en el art. 44.3.u del TRLPA, un importe de 4.500,75€
(no dar a los animales la atención veterinaria necesaria para garantizar su salud).
Tercero.- Nombrar instructora del expediente a A.O.G, y Secretario S.A.B. Estos
nombramientos podrán ser recusados, de conformidad con lo previsto en el artículo 24
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.- Indicar a la persona interesada que dispone de un plazo máximo de 10 días
para formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que se
consideren pertinentes. En caso de que no se efectúen alegaciones en el plazo previsto
sobre los contenidos del acuerdo de iniciación, éste puede ser considerado propuesta de
resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad
imputada, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas.
Informar que si en cualquier momento anterior a la resolución de este procedimiento
reconoce su responsabilidad se le aplicará una reducción del 20% del importe de la
sanción. Esta reducción se incrementará hasta el 40% si, además, efectuar el pago
voluntario, de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
cve: BOE-N-2025-a6c2eeebfc04e9228f56d8b79c55db78abc792f1
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE BARCELONA
GERENCIA DE MOVILIDAD, INFRAESTRUCTURAS Y SERVICIOS URBANOS.
Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento de expediente
sancionador núm. 2025_EXP_3629565 por infracción ordenanza municipal de animales.
ID: N2500416307
En la tramitación de este expediente con número 2025_EXP_3629565, y en tanto
que parte interesada, se ha intentado practicar notificación a con NIF 46745465N, de la
resolución de la primera teniente de Alcaldía, de fecha 26/02/2025, la cual acuerda:
Primero.- Iniciar un expediente sancionador ordinario a *** con NIF 46745465N,
como presunto responsable de las infracciones detectadas en el C. Caponata 15-17,***,
en fecha 7 de enero de 2025, consistentes en mantener a los animales sin la
alimentación necesaria o en instalaciones inadecuadas desde el punto de vista higiénicosanitario, de bienestar y de seguridad, si les comporta riesgo grave para la salud (art.
44.3.a del TRLPA) y no dar a los animales la atención. veterinaria necesaria para
garantizar su salud (art. 44.3.u del TRLPA).
Segundo.- De conformidad con el artículo 46 del TRLPA, teniendo en cuenta los
criterios establecidos en el artículo 29 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, sin perjuicio de lo que resulte de la instrucción del
procedimiento, las sanciones provisionales correspondiente a los hechos expuestos son:
Por la infracción grave tipificada en el art. 44.3.a del TRLPA, un importe de 4.500,75€
(mantener a los animales sin la alimentación necesaria o en instalaciones inadecuadas
desde el punto de vista higiénico-sanitario, de bienestar y de seguridad, si les comporta
riesgo grave para la salud).
Por la infracción grave tipificada en el art. 44.3.u del TRLPA, un importe de 4.500,75€
(no dar a los animales la atención veterinaria necesaria para garantizar su salud).
Tercero.- Nombrar instructora del expediente a A.O.G, y Secretario S.A.B. Estos
nombramientos podrán ser recusados, de conformidad con lo previsto en el artículo 24
de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Cuarto.- Indicar a la persona interesada que dispone de un plazo máximo de 10 días
para formular las alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que se
consideren pertinentes. En caso de que no se efectúen alegaciones en el plazo previsto
sobre los contenidos del acuerdo de iniciación, éste puede ser considerado propuesta de
resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad
imputada, todo ello de acuerdo con lo establecido en el artículo 64.2.f) de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas.
Informar que si en cualquier momento anterior a la resolución de este procedimiento
reconoce su responsabilidad se le aplicará una reducción del 20% del importe de la
sanción. Esta reducción se incrementará hasta el 40% si, además, efectuar el pago
voluntario, de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
cve: BOE-N-2025-a6c2eeebfc04e9228f56d8b79c55db78abc792f1
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Núm. 147