Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Barcelona. (BOE-N-2025-443002)
DISTRITO DE SANT ANDREU. Anuncio de notificación de 17 de junio de 2025 en procedimiento de vivienda de uso turístico.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
responsable para el ejercicio de actividad de vivienda de uso turístico situada en la calle
Portugal, 2-4,4ª,ESCA se incorpore dicha vivienda al censo de establecimientos de
alojamiento turístico, se comunique la habilitación a la Generalitat de Cataluña para
obtener el número de registro turístico, y se reconociera a través de acto expreso de la
obtención de título habilitante. Contra este informe de 18 de abril de 2017, la interesada
DNI 37774528H interpuso recursos de alzada en fecha 11 de mayo de 2017 que fue
desestimado por silencio administrativo. Contra esta desestimación se interpuso recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgadonúmero9 de Barcelona que se tramitó con el
número de procedimiento ordinario 20/2019-B
El Juzgado dictó la sentencia n.º 269/2022 el 23 de noviembre de 2022 con la
siguiente: “(...)decisión
ESTIMO PARCIALMENTE el recurso interpuesto y DECLARO LA NULIDAD de les
resolución objeto de impugnación. Como consecuencia de la nulidad declarada se
reponen las actuaciones administrativas al momento inmediatamente posterior a la
presentación de la solicitud inicial de la actora, debiendo el Ayuntamiento deberá seguir
el procedimiento correspondiente y resolver conforme a derecho. Todo ello sin condena
en costas.
La sentencia de 23 de noviembre de 2022 se declaró firme por Diligencia de
Ordenación de fecha 5 de mayo de 2025.
Contra la anterior resolución no puede interponerse ningún recurso en vía
administrativa, sin perjuicio del derecho que los asiste a promover ante el órgano
jurisdiccional el incidente previsto al arte. 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-N-2025-eefc52d4d1f8ab77722215fc7c047d9e51cd0ffa
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 17 de junio de 2025.- Lourdes Hurtado Torralba, Jefa del Departamento
Jurídico-Secretaría.
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
responsable para el ejercicio de actividad de vivienda de uso turístico situada en la calle
Portugal, 2-4,4ª,ESCA se incorpore dicha vivienda al censo de establecimientos de
alojamiento turístico, se comunique la habilitación a la Generalitat de Cataluña para
obtener el número de registro turístico, y se reconociera a través de acto expreso de la
obtención de título habilitante. Contra este informe de 18 de abril de 2017, la interesada
DNI 37774528H interpuso recursos de alzada en fecha 11 de mayo de 2017 que fue
desestimado por silencio administrativo. Contra esta desestimación se interpuso recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgadonúmero9 de Barcelona que se tramitó con el
número de procedimiento ordinario 20/2019-B
El Juzgado dictó la sentencia n.º 269/2022 el 23 de noviembre de 2022 con la
siguiente: “(...)decisión
ESTIMO PARCIALMENTE el recurso interpuesto y DECLARO LA NULIDAD de les
resolución objeto de impugnación. Como consecuencia de la nulidad declarada se
reponen las actuaciones administrativas al momento inmediatamente posterior a la
presentación de la solicitud inicial de la actora, debiendo el Ayuntamiento deberá seguir
el procedimiento correspondiente y resolver conforme a derecho. Todo ello sin condena
en costas.
La sentencia de 23 de noviembre de 2022 se declaró firme por Diligencia de
Ordenación de fecha 5 de mayo de 2025.
Contra la anterior resolución no puede interponerse ningún recurso en vía
administrativa, sin perjuicio del derecho que los asiste a promover ante el órgano
jurisdiccional el incidente previsto al arte. 109 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción contencioso-administrativa.
cve: BOE-N-2025-eefc52d4d1f8ab77722215fc7c047d9e51cd0ffa
Verificable en https://www.boe.es
Barcelona, 17 de junio de 2025.- Lourdes Hurtado Torralba, Jefa del Departamento
Jurídico-Secretaría.
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