Administración Local. Cádiz. Ayuntamiento De Línea De La Concepción, La. (BOE-N-2025-443117)
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento Notificación infructuosa de inicio de procedimiento de ejecución forzosa sobre la parcela 263, polígono 3, Zabal Bajo, de esta ciudad (Expte.: 2025_11022_URB71_00001).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
Si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, el plazo para pagar
será desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior, o si
éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente,
Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de
la recepción de la notificación, hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no
fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, a contar desde el día siguiente al del
recibo de la notificación.
El abono de la sanción podrá realizarlo en la entidad bancaria La Caixa,Servicaixa, o
Banco Santander, presentando la liquidación adjunta, así como a través de la web: http/
portal.lacaixa.es./pagos/impuetosecibosmatriculas_es.html, mediante tarjeta de crédito o
débito.
Así mismo se le advierte que, transcurrido el citado plazo sin haber satisfecho el
importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con el
correspondiente devengo de recargos e intereses.
Tercero.- Apercibir, asimismo, a la promotora propietaria que, caso de persistir en el
incumplimiento, se le podrá iniciar el correspondiente procedimiento de ejecución por
sustitución.
Cuarto.- Notificar la presente Resolución al interesado con indicación de los recursos
que contra la misma procedan.
Quinto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la
presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el art.42 del RD 2568/1986, de
28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Corporaciones Locales.
Lo Decreta, Manda y Firma el Sr. Tte. Alcalde, en la fecha que figura en la firma
electrónica. De todo lo cual, como Secretaria Gral., DOY FE.”
1.- Con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que ha
dictado el acto/acuerdo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su
notificación de conformidad con el art. 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la
desestimación expresa del recurso de reposición será de un mes (art. 124.3 Ley
39/2015), si en dicho plazo no recibe la notificación, se entenderá que el silecio es de
carácter desestimatorio (art. 24.1 Lay 39/2015). Si optara por formular recurso de
reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presenta del recurso de
reposición interpuesto (art. 123.2 Ley 39/2015).
2.-CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: Ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Algeciras (Cádiz) o aquel en que tenga su domicilio, a elección del
demandante, siempre que el domicilio radique en la circunscripción del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía y el recurso tenga por objeto actos en materia de
responsabilidad patrimonial, personal, propiedades especiales y sanciones, en los
términos previstos en el art. 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente a la notificación del acto/acuerdo, de conformidad con el art. 46.1 de la citada
Ley 29/1998. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime pertinente.”””
La Línea de la Concepción , 5 de junio de 2025.- EL ALCALDE - Jose Juan Franco
Rodríguez
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2121692a4841d028b37cea9ed599d47589b2d42c
Verificable en https://www.boe.es
En relación con el ACTO/ACUERDO que se le ha notificado, que agota la vía
administrativa, podrá Vd. interponer los siguientes recursos:
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
Si la notificación se realiza entre los días 1 y 15 de cada mes, el plazo para pagar
será desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes posterior, o si
éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente,
Si la notificación se realiza entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de
la recepción de la notificación, hasta el día cinco del segundo mes posterior o, si éste no
fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente, a contar desde el día siguiente al del
recibo de la notificación.
El abono de la sanción podrá realizarlo en la entidad bancaria La Caixa,Servicaixa, o
Banco Santander, presentando la liquidación adjunta, así como a través de la web: http/
portal.lacaixa.es./pagos/impuetosecibosmatriculas_es.html, mediante tarjeta de crédito o
débito.
Así mismo se le advierte que, transcurrido el citado plazo sin haber satisfecho el
importe de la sanción, se procederá a su recaudación por la vía de apremio, con el
correspondiente devengo de recargos e intereses.
Tercero.- Apercibir, asimismo, a la promotora propietaria que, caso de persistir en el
incumplimiento, se le podrá iniciar el correspondiente procedimiento de ejecución por
sustitución.
Cuarto.- Notificar la presente Resolución al interesado con indicación de los recursos
que contra la misma procedan.
Quinto.- Dar cuenta al Pleno en la próxima sesión ordinaria que se celebre de la
presente Resolución, en cumplimiento de lo dispuesto en el art.42 del RD 2568/1986, de
28 de noviembre, de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Corporaciones Locales.
Lo Decreta, Manda y Firma el Sr. Tte. Alcalde, en la fecha que figura en la firma
electrónica. De todo lo cual, como Secretaria Gral., DOY FE.”
1.- Con carácter potestativo, RECURSO DE REPOSICIÓN ante el órgano que ha
dictado el acto/acuerdo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su
notificación de conformidad con el art. 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Contra la
desestimación expresa del recurso de reposición será de un mes (art. 124.3 Ley
39/2015), si en dicho plazo no recibe la notificación, se entenderá que el silecio es de
carácter desestimatorio (art. 24.1 Lay 39/2015). Si optara por formular recurso de
reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea
resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presenta del recurso de
reposición interpuesto (art. 123.2 Ley 39/2015).
2.-CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO: Ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Algeciras (Cádiz) o aquel en que tenga su domicilio, a elección del
demandante, siempre que el domicilio radique en la circunscripción del Tribunal Superior
de Justicia de Andalucía y el recurso tenga por objeto actos en materia de
responsabilidad patrimonial, personal, propiedades especiales y sanciones, en los
términos previstos en el art. 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses contados desde el día
siguiente a la notificación del acto/acuerdo, de conformidad con el art. 46.1 de la citada
Ley 29/1998. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que
estime pertinente.”””
La Línea de la Concepción , 5 de junio de 2025.- EL ALCALDE - Jose Juan Franco
Rodríguez
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-2121692a4841d028b37cea9ed599d47589b2d42c
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En relación con el ACTO/ACUERDO que se le ha notificado, que agota la vía
administrativa, podrá Vd. interponer los siguientes recursos: