Administración Local. Navarra. Ayuntamiento De Burlada/burlata. (BOE-N-2025-443590)
Anuncio de notificación de 16 de junio de 2025 en procedimiento Sancionador de Tráfico y Seguridad Vial.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
de puntos o en el caso de graves o muy graves cuya notificación se efectuase en el acto
de la denuncia. Una vez firme la sanción, el interesado dispondrá de un plazo final de
quince días naturales para el pago de la multa. Finalizado el plazo establecido sin que se
haya pagado la multa, se iniciará el procedimiento de apremio. El plazo máximo de
duración del Procedimiento será de un año contado desde la fecha de inicio hasta la
resolución sancionadora; caso contrario se producirá su caducidad, excepto los
supuestos de suspensión (art. 112.3 de la LSV). En las infracciones con puntos (anexo II
de LSV), se detraerán del permiso o licencia cuando la sanción sea firme.
Formas de Pago. Podrán dirigirse al número de atención al ciudadano Tlf.
848480036 en horario 08:00 a 18:00, donde se informará de todos los medios de pago
disponibles.
De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantías de Derechos Digitales y al
Reglamento General de Protección de Datos, se informa que sus datos serán tratados
por este Ayuntamiento, al objeto de ejercer las competencias propias en materia de
gestión, inspección y recaudación de los ingresos de derecho público municipales, sobre
la base jurídica establecida en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas
Locales de Navarra. Sus datos serán conservados mientras sea necesario para la
finalidad para la que se capten, conservándose mientras persista algún derecho
relacionado y según lo establecido en la legislación de archivos, pudiendo ser cedidos a
terceros sólo en casos y bajo condiciones previstas por Ley. Asimismo, podrá ejercer
ante este Ayuntamiento los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad,
limitación del tratamiento u oposición al tratamiento de los mismos mediante escrito
presentado en el Registro General de este Ayuntamiento. Asimismo, puede presentar
reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Leyenda Legislación
CIR - Reglamento General de Circulación
LAP - Ley 50/1999 Animales Potencialmente Peligrosos
cve: BOE-N-2025-9920ba82a537af9924f9bc673e85bacf3f8939a7
Verificable en https://www.boe.es
LSV - Ley de Seguridad Vial
Núm. 147
Jueves 19 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
de puntos o en el caso de graves o muy graves cuya notificación se efectuase en el acto
de la denuncia. Una vez firme la sanción, el interesado dispondrá de un plazo final de
quince días naturales para el pago de la multa. Finalizado el plazo establecido sin que se
haya pagado la multa, se iniciará el procedimiento de apremio. El plazo máximo de
duración del Procedimiento será de un año contado desde la fecha de inicio hasta la
resolución sancionadora; caso contrario se producirá su caducidad, excepto los
supuestos de suspensión (art. 112.3 de la LSV). En las infracciones con puntos (anexo II
de LSV), se detraerán del permiso o licencia cuando la sanción sea firme.
Formas de Pago. Podrán dirigirse al número de atención al ciudadano Tlf.
848480036 en horario 08:00 a 18:00, donde se informará de todos los medios de pago
disponibles.
De acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos de Carácter Personal y Garantías de Derechos Digitales y al
Reglamento General de Protección de Datos, se informa que sus datos serán tratados
por este Ayuntamiento, al objeto de ejercer las competencias propias en materia de
gestión, inspección y recaudación de los ingresos de derecho público municipales, sobre
la base jurídica establecida en la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de las Haciendas
Locales de Navarra. Sus datos serán conservados mientras sea necesario para la
finalidad para la que se capten, conservándose mientras persista algún derecho
relacionado y según lo establecido en la legislación de archivos, pudiendo ser cedidos a
terceros sólo en casos y bajo condiciones previstas por Ley. Asimismo, podrá ejercer
ante este Ayuntamiento los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad,
limitación del tratamiento u oposición al tratamiento de los mismos mediante escrito
presentado en el Registro General de este Ayuntamiento. Asimismo, puede presentar
reclamaciones ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Leyenda Legislación
CIR - Reglamento General de Circulación
LAP - Ley 50/1999 Animales Potencialmente Peligrosos
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Verificable en https://www.boe.es
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