Administración Local. A Coruña. Ayuntamiento De Ferrol. (BOE-N-2025-435288)
Anuncio de notificación de 9 de junio de 2025 en procedimiento de gestión de multas por infracciones de tráfico.
11 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 17 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
En caso de disconformidad con la denuncia, podrá formular escrito de alegaciones
ante el Instructor del procedimiento, en el plazo de 20 días naturales contados desde el
día siguiente al de la notificación, pudiendo presentarse o remitirse al Registro General
del Ayuntamiento de Ferrol o en cualquiera de los registros u oficinas a las que se hace
referencia en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015 PAC
IMPORTANTE: EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN
Si no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de 20 días
naturales, la denuncia surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone
que, salvo en las excepciones recogidas en el art. 95.4 de la LSV, no se dictará
resolución sancionadora y se procederá a la ejecución de la sanción a los 30 días
naturales desde la notificación, quedando entonces abierta la vía contenciosoadministrativa.
Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de firmeza de la sanción
sin satisfacer la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio (art.
110 de la LSV).
Para realizar cualquier consulta puede dirigirse al teléfono 981949301 fax 981949276
o email multas@ferrol.es
cve: BOE-N-2025-5b6f28d632282893eee928f5db9ddd72438c5dd8
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 145
Martes 17 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
En caso de disconformidad con la denuncia, podrá formular escrito de alegaciones
ante el Instructor del procedimiento, en el plazo de 20 días naturales contados desde el
día siguiente al de la notificación, pudiendo presentarse o remitirse al Registro General
del Ayuntamiento de Ferrol o en cualquiera de los registros u oficinas a las que se hace
referencia en el articulo 16.4 de la Ley 39/2015 PAC
IMPORTANTE: EJECUCIÓN DE LA SANCIÓN
Si no formula alegaciones ni abona el importe de la multa en el plazo de 20 días
naturales, la denuncia surte efecto de acto resolutorio del procedimiento. Esto supone
que, salvo en las excepciones recogidas en el art. 95.4 de la LSV, no se dictará
resolución sancionadora y se procederá a la ejecución de la sanción a los 30 días
naturales desde la notificación, quedando entonces abierta la vía contenciosoadministrativa.
Vencido el plazo de 15 días naturales siguientes a la fecha de firmeza de la sanción
sin satisfacer la multa, su cobro se llevará a cabo por el procedimiento de apremio (art.
110 de la LSV).
Para realizar cualquier consulta puede dirigirse al teléfono 981949301 fax 981949276
o email multas@ferrol.es
cve: BOE-N-2025-5b6f28d632282893eee928f5db9ddd72438c5dd8
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 145