Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Navarcles. (BOE-N-2025-431203)
Anuncio de notificación de 2 de junio de 2025 en procedimiento de resolución de expediente sancionador infracciones graves por tenencia de perros peligrosos sin licencia.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE NAVARCLES
Anuncio de notificación de 2 de junio de 2025 en procedimiento de resolución de
expediente sancionador infracciones graves por tenencia de perros peligrosos sin
licencia.
ID: N2500420438
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
sobre la notificación de las resoluciones y actos administrativos y su práctica, se publica,
en sustitución de la notificación, que intentada ésta, no se ha podido practicar el
siguiente acto al interesado con identificación 39376067K:
“Pongo a vuestro conocimiento que en la sesión ordinaria de la JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL del día 29 de abril de 2025, se adoptó entre otros, y por
UNANIMIDAD, el siguiente acuerdo, el cual os transcribo literalmente, a reserva de lo
que resulte de la aprobación del acta:
Hechos
Por Resolución de Alcaldía 2025DECR000056 de fecha 31 de enero de 2025, se
incoó procedimiento sancionador contra el señor *********, con DNI 39376067K, por la
comisión de presuntas infracciones de la Ordenanza municipal de tenencia de animales
y de la normativa en materia de perros peligrosos, consistentes en:
Abandonar un animal potencialmente peligroso lo que sucede cuando el animal no va
acompañado de ninguna persona con independencia de que lleve o no identificación.
Infracción muy grave (art.61.1.e de la OMTA y 13.1.a de la Ley 50/1999, de 23 de
diciembre)
Incumplir la obligación de identificar al animal Infracción grave (art.61.2.i de la OMTA
y artículo 7.3.g de la Ley 10/1999)
Se adoptó como medida preventiva el decomiso de la perra de color negro raza
mestiza adoptada por los guardias municipales en fecha 29.01.2025 y se ordenó como
medida preventiva el decomiso del otro perro potencialmente peligroso (raza Dogo
Argentino), propiedad del Sr. *********,, hasta que el Sr. *********, obtenga la
correspondiente licencia por la tenencia de animales potencialmente peligrosos, y
efectúe el pago de las tasas de recuperación y de los gastos extras generados de su
manutención, o en todo caso, hasta la resolución del procedimiento sancionador que
resolverá sobre el destino del animal, informando al interesado de que este decomiso se
impone con carácter preventivo hasta la resolución del expediente sancionador y que los
gastos generados por esta actuación irán a su cargo. Este segundo decomiso se produjo
en fecha 11.02.2025.
En el mismo acuerdo se nombró al instructor de este expediente, y se comunicó al
presunto responsable que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 64.2.d) de la Ley
cve: BOE-N-2025-7f4828d2dd538454c3dc688d7f2048985142fc54
Verificable en https://www.boe.es
Tener perros potencialmente peligrosos sin licencia. Infracción muy grave (art.61 1.d
de la OMTA y artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre)
Núm. 143
Sábado 14 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE NAVARCLES
Anuncio de notificación de 2 de junio de 2025 en procedimiento de resolución de
expediente sancionador infracciones graves por tenencia de perros peligrosos sin
licencia.
ID: N2500420438
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
de la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
sobre la notificación de las resoluciones y actos administrativos y su práctica, se publica,
en sustitución de la notificación, que intentada ésta, no se ha podido practicar el
siguiente acto al interesado con identificación 39376067K:
“Pongo a vuestro conocimiento que en la sesión ordinaria de la JUNTA DE
GOBIERNO LOCAL del día 29 de abril de 2025, se adoptó entre otros, y por
UNANIMIDAD, el siguiente acuerdo, el cual os transcribo literalmente, a reserva de lo
que resulte de la aprobación del acta:
Hechos
Por Resolución de Alcaldía 2025DECR000056 de fecha 31 de enero de 2025, se
incoó procedimiento sancionador contra el señor *********, con DNI 39376067K, por la
comisión de presuntas infracciones de la Ordenanza municipal de tenencia de animales
y de la normativa en materia de perros peligrosos, consistentes en:
Abandonar un animal potencialmente peligroso lo que sucede cuando el animal no va
acompañado de ninguna persona con independencia de que lleve o no identificación.
Infracción muy grave (art.61.1.e de la OMTA y 13.1.a de la Ley 50/1999, de 23 de
diciembre)
Incumplir la obligación de identificar al animal Infracción grave (art.61.2.i de la OMTA
y artículo 7.3.g de la Ley 10/1999)
Se adoptó como medida preventiva el decomiso de la perra de color negro raza
mestiza adoptada por los guardias municipales en fecha 29.01.2025 y se ordenó como
medida preventiva el decomiso del otro perro potencialmente peligroso (raza Dogo
Argentino), propiedad del Sr. *********,, hasta que el Sr. *********, obtenga la
correspondiente licencia por la tenencia de animales potencialmente peligrosos, y
efectúe el pago de las tasas de recuperación y de los gastos extras generados de su
manutención, o en todo caso, hasta la resolución del procedimiento sancionador que
resolverá sobre el destino del animal, informando al interesado de que este decomiso se
impone con carácter preventivo hasta la resolución del expediente sancionador y que los
gastos generados por esta actuación irán a su cargo. Este segundo decomiso se produjo
en fecha 11.02.2025.
En el mismo acuerdo se nombró al instructor de este expediente, y se comunicó al
presunto responsable que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 64.2.d) de la Ley
cve: BOE-N-2025-7f4828d2dd538454c3dc688d7f2048985142fc54
Verificable en https://www.boe.es
Tener perros potencialmente peligrosos sin licencia. Infracción muy grave (art.61 1.d
de la OMTA y artículo 13.1.b) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre)