Administración Local. Burgos. Ayuntamiento De Burgos. (BOE-N-2025-428970)
SEGURIDAD PÚBLICA Y EMERGENCIAS. Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
RECURSOS:(Art 96 *LSV)1.-La resolución es definitiva en vía administrativa
pudiendo interponer potestativamente recurso de reposición, ante el Excmo. Sr. Alcalde,
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a de su publicación. No se tendrán
en cuenta en la resolución del recurso hechos, documentos y alegaciones que pudieran
haber sido aportadas en el procedimiento originario. 2.- La interposición del recurso de
reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En caso
de que el recurrente solicite la suspensión de al ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud. 3.- El recurso de reposición se
entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando
expedita la vía contenciosoadministrativa. 4.-El recurso contencioso-administrativo podrá
interponerlo directamente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al
de esta notificación, ante el Juzgado de la misma Jurisdicción,5.- En caso de haber
interpuesto recurso de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que sea resuelto expresamente o se ha producido la desestimación presunta del
mismo. En el caso de desestimación presunta el plazo de interposición será de seis
meses y se contará desde el día siguiente a aquél en que se deba entenderse
desestimado por silencio administrativo. MAS INFORMACION:.- 1.- El expediente obra
en Sanciones, Avd. de Cantabria 54 (Policía Local). 2. Por motivos de privacidad y
espacio los antecedentes y fundamentos jurídicos que derivan en la resolución no se
exponen en el Edicto . 3.- En infracciones con detracción de puntos, éstos se retirarán
una vez la sanción sea firma. 4.- Los datos de carácter personal contenidos en el Edicto,
podrán ser incluidos en uno o más ficheros, bajo la responsabilidad de la Oficina de
Denuncias de este Ayuntamiento,donde podrá ejercer los derechos de acceso,
rectificación, cancelación u oposición.
cve: BOE-N-2025-b9c5ea35204bce3d9e395ef72dce115b956ab3cb
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 2
RECURSOS:(Art 96 *LSV)1.-La resolución es definitiva en vía administrativa
pudiendo interponer potestativamente recurso de reposición, ante el Excmo. Sr. Alcalde,
en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a de su publicación. No se tendrán
en cuenta en la resolución del recurso hechos, documentos y alegaciones que pudieran
haber sido aportadas en el procedimiento originario. 2.- La interposición del recurso de
reposición no suspenderá la ejecución del acto impugnado ni la de la sanción. En caso
de que el recurrente solicite la suspensión de al ejecución, ésta se entenderá denegada
transcurrido el plazo de un mes desde la solicitud. 3.- El recurso de reposición se
entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando
expedita la vía contenciosoadministrativa. 4.-El recurso contencioso-administrativo podrá
interponerlo directamente en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al
de esta notificación, ante el Juzgado de la misma Jurisdicción,5.- En caso de haber
interpuesto recurso de reposición no podrá interponer recurso contencioso-administrativo
hasta que sea resuelto expresamente o se ha producido la desestimación presunta del
mismo. En el caso de desestimación presunta el plazo de interposición será de seis
meses y se contará desde el día siguiente a aquél en que se deba entenderse
desestimado por silencio administrativo. MAS INFORMACION:.- 1.- El expediente obra
en Sanciones, Avd. de Cantabria 54 (Policía Local). 2. Por motivos de privacidad y
espacio los antecedentes y fundamentos jurídicos que derivan en la resolución no se
exponen en el Edicto . 3.- En infracciones con detracción de puntos, éstos se retirarán
una vez la sanción sea firma. 4.- Los datos de carácter personal contenidos en el Edicto,
podrán ser incluidos en uno o más ficheros, bajo la responsabilidad de la Oficina de
Denuncias de este Ayuntamiento,donde podrá ejercer los derechos de acceso,
rectificación, cancelación u oposición.
cve: BOE-N-2025-b9c5ea35204bce3d9e395ef72dce115b956ab3cb
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Núm. 142