Administración Local. Burgos. Ayuntamiento De Burgos. (BOE-N-2025-428970)
SEGURIDAD PÚBLICA Y EMERGENCIAS. Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BURGOS
AYUNTAMIENTO DE BURGOS
SEGURIDAD PÚBLICA Y EMERGENCIAS. Anuncio de notificación de 11 de junio de
2025
ID: N2500434914

RESOLUCIONES DE SANCIONES:
AYUNTAMIENTO DE BURGOS
Edicto por el que se notifican resoluciones de expedientes sancionadores por
infracción de las Normas de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
Habiendo intentado la notificación individual sin resultado de las resoluciones de
expedientes sancionadores que se relacionan, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 90 Y 91 del Real Decreto Legislativo 6/2015,de 30 de octubre por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de vehículos a motor y
Seguridad Vial (LSV), se hace pública notificación a los interesados mediante el presente
anuncio: A la vista de los antecedentes que obran en el expediente instruido en virtud de
denuncia formulada por el hecho que se indica, el Concejal Delegado de Seguridad
Ciudadana, en virtud de la delegación efectuada por la Alcaldía de este Ayuntamiento,
mediante Decreto de fecha 22 de junio de 2023, de conformidad con lo dispuesto en los
artículo 84.4 de la LSV, adoptó la siguiente Resolución: "Estimándose probados los
hechos y considerando que los mismos constituyen infracción del precepto que se indica,
HE RESUELTO, imponer la sanción que se indica a los titulares que se relacionan."
Contra esta resolución cabe interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de la presente publicación, ante esta Alcaldia,
sin que su interposición suspenda la ejecución del acto impugnado ni de la sanción. En
el caso de que se solicite la suspensión, se ententerá denegada si transcurrido el plazo
de un mes desde la solicitud ésta no se resolviese. El recurso de reposición se
entenderá desestimado si no recae resolución expresa en el plazo de un mes, quedando
expedita la via contencioso-administrativa (art.96 LSV). PAGO DE LA SANCION: La
multa deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DIAS NATURALES siguientes a la
fecha de su firmeza (Art. 110 *LSV). Las sanciones no abonadas, de no hacer efectivo su
importe en el plazo indicado, su exacción se llevará a cabo por el procedimiento de
apremio, incrementándose el importe hasta en un 20%, mas los intereses legales que
correspondan. El pago podrá realizarse en cualquiera de las entidades colaboradoras,
con el documento justificativo del pago que deberá recoger previamente en Sanciones,
Avd. Cantabria nº 54, (Policía Local) en horario de 9 a 14 horas. MAS INFORMACION:.1.- El expediente obra en Sanciones, Avd. de Cantabria 54 (Policía Local). 2.Por motivos
de privacidad y espacio los antecedentes y fundamentos jurídicos que derivan en la
resolución no se exponen en el Edicto. 3.- En infracciones con detracción de puntos,
éstos se retirarán una vez la sanción sea firma. 4.- Los datos de carácter personal
contenidos en el Edicto, podrán ser incluidos en uno o más ficheros, bajo la
responsabilidad de la Oficina de Denuncias de este Ayuntamiento, donde podrá ejercer
los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición.

cve: BOE-N-2025-b9c5ea35204bce3d9e395ef72dce115b956ab3cb
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Núm. 142