Notarías Y Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Registros De La Propiedad, Mercantiles Y De Bienes Muebles. Madrid. (BOE-N-2025-430800)
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ARGANDA DEL REY 2. Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimiento Expediente de Mediación del artículo 103 bis de la Ley Hipotecaria.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 13 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

NOTARÍAS Y REGISTROS DE LA
PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
REGISTROS DE LA PROPIEDAD, MERCANTILES Y DE BIENES
MUEBLES
MADRID
REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE ARGANDA DEL REY 2. Anuncio de notificación de
11 de junio de 2025 en procedimiento Expediente de Mediación del artículo 103 bis de la
Ley Hipotecaria.
ID: N2500434419

Expediente de Mediación del artículo 103 bis de la Ley Hipotecaria
EXPEDIENTE DE MEDIACIÓN DEL ARTÍCULO 103 BIS DE LA LEY HIPOTECARIA
MARÍA DE LOS ÁNGELES HERNÁNDEZ TORIBIO, titular del Registro de la
Propiedad de Arganda del Rey Número 2, INFORMA
Con fecha TRES DE OCTUBRE tuvo entrada en esta Oficina SOLICITUD de inicio
del expediente de mediación en cuanto a las fincas registrales 14 y 6.155 del término
municipal de Arganda del Rey, por lo que resulto competente.
Fue presentada por doña Silvia García Barral, en su propio nombre y en
representación de doña Margarita Barral Rodríguez, doña Joaquina Barral Rodríguez,
don Juan María Barral Rodríguez, doña Concepción Valcarcel Vidal, doña María José
Barral Forne, don Manuel Puyoles Barral, doña Paula Puyoles Barral, doña Lorena
Puyoles Barral y doña Elena García Barral titulares registrales de la finca regisstral 14 ,
teniendo entrada en esta Oficina con el asiento 3490/2024.
El objeto de la controversia son las fincas registrales 14 y 6.155 que constan inscritas
a nombre de distintos titulares, sin embargo tienen asignado la parcela 65 del polígono
18. Existe por tanto la irregularidad consistente en que una misma parcela catastral
corresponde con dos fincas registrales.
Tiene por objeto resolver una controversia inmobiliaria que versa sobre actos
inscribibles en el Registro de la Propiedad, y no tengo conocimiento que esté pendiente
de ningún procedimiento judicial o arbitral o de mediación acerca del mismo, ni versa
sobre una materia concursal.
La propuesta de conciliación es consensuar los propietarios registrales de ambas
fincas una fórmula para la regulación catastral y delimitación de la misma.
SE ADMITE A TRÁMITE la solicitud de conciliación
Finca registral 14, al sitio de Pozo Paredes, superficie 9.393 metros cuadrados.
Linda; este, Sur, Oeste y Norte, con cerros concejiles, en la inscripción 9ª se añade que
forma con la finca 8.426 a la que se halla unida una sola. ( me remito a la explicación de
la inscripción 2ª de la finca registral 8.426). En la inscripción 13ª de fecha 31 de octubre
del 2012 que es la parcela 65 del polígono 18.

cve: BOE-N-2025-63d4feaad9c05fbede0ba558389932273d2d528a
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Núm. 142