Comunidades Y Ciudades Autónomas. Comunidad De Madrid. Consejería De Medio Ambiente, Agricultura E Interior. (BOE-N-2025-428436)
DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD Y GESTIÓN FORESTAL. Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores. Acuerdos de inicio y Resoluciones.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD DE MADRID
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD Y GESTIÓN FORESTAL. Anuncio de
notificación de 4 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores. Acuerdos de inicio y
Resoluciones.
ID: N2500431993
Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones de Acuerdos de inicio y
Resoluciones sancionadoras e información sobre el pago de sanciones en periodo
voluntario en el domicilio de sus destinatarios, que se relacionan en el Anexo, en
procedimientos sancionadores, por infracciones administrativas a la normativa vigente en
materia de medio ambiente, procede su publicación en el Boletín Oficial del Estado, a los
efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los siguientes términos:
De conformidad con el artículo 46 del mismo texto legal, en evitación de cualquier
posible lesión que de la publicación íntegra de los Acuerdos de inicio y Resoluciones
pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que
el texto integro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación
de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los
admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias del Área de Disciplina
Ambiental de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en la calle Alcalá nº 16, 3ª Planta, previa
petición de cita en el teléfono 914382406.
Los plazos indicados en los actos administrativos que a continuación se señalan se
contarán a partir del día siguiente al de esta publicación.
1. En aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la
Administración de la Comunidad de Madrid, tiene derecho a formular las alegaciones y
presentar los documentos que tenga por conveniente, pudiendo proponer asimismo la
práctica de las pruebas que estime pertinentes, para lo cual dispondrá de un plazo de 15
días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el
Boletín Oficial del Estado.
2. De no presentar alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo de iniciación podrá
ser considerado propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el
artículo 6.2 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre.
De conformidad con lo previsto en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Si reconoce la responsabilidad, la sanción se reducirá un 20%.
Si procede al pago voluntario en cualquier momento anterior a la resolución, la
sanción se reducirá un 20%.
Si se dieran ambos supuestos, la reducción será del 40%.
cve: BOE-N-2025-6474baf6f61672fe77a285e2709a468453683b22
Verificable en https://www.boe.es
Acuerdos de inicio
Núm. 142
Viernes 13 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
COMUNIDADES Y CIUDADES AUTÓNOMAS
COMUNIDAD DE MADRID
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR
DIRECCIÓN GENERAL DE BIODIVERSIDAD Y GESTIÓN FORESTAL. Anuncio de
notificación de 4 de junio de 2025 en procedimientos sancionadores. Acuerdos de inicio y
Resoluciones.
ID: N2500431993
Intentada sin efecto la práctica de las notificaciones de Acuerdos de inicio y
Resoluciones sancionadoras e información sobre el pago de sanciones en periodo
voluntario en el domicilio de sus destinatarios, que se relacionan en el Anexo, en
procedimientos sancionadores, por infracciones administrativas a la normativa vigente en
materia de medio ambiente, procede su publicación en el Boletín Oficial del Estado, a los
efectos previstos en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en los siguientes términos:
De conformidad con el artículo 46 del mismo texto legal, en evitación de cualquier
posible lesión que de la publicación íntegra de los Acuerdos de inicio y Resoluciones
pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que
el texto integro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación
de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los
admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias del Área de Disciplina
Ambiental de la Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal, de la Consejería
de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, sita en la calle Alcalá nº 16, 3ª Planta, previa
petición de cita en el teléfono 914382406.
Los plazos indicados en los actos administrativos que a continuación se señalan se
contarán a partir del día siguiente al de esta publicación.
1. En aplicación del artículo 6.3 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el
que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la
Administración de la Comunidad de Madrid, tiene derecho a formular las alegaciones y
presentar los documentos que tenga por conveniente, pudiendo proponer asimismo la
práctica de las pruebas que estime pertinentes, para lo cual dispondrá de un plazo de 15
días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el
Boletín Oficial del Estado.
2. De no presentar alegaciones en el plazo indicado, el acuerdo de iniciación podrá
ser considerado propuesta de resolución, de conformidad con lo establecido en el
artículo 6.2 del Decreto 245/2000, de 16 de noviembre.
De conformidad con lo previsto en el artículo 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
Si reconoce la responsabilidad, la sanción se reducirá un 20%.
Si procede al pago voluntario en cualquier momento anterior a la resolución, la
sanción se reducirá un 20%.
Si se dieran ambos supuestos, la reducción será del 40%.
cve: BOE-N-2025-6474baf6f61672fe77a285e2709a468453683b22
Verificable en https://www.boe.es
Acuerdos de inicio