Administración Local. León. Ayuntamiento De Ponferrada. (BOE-N-2025-429460)
Anuncio de notificación de 11 de junio de 2025 en procedimiento Resolución sancionadora expediente 243/so/24.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 142

Viernes 13 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 2

requisitos legales correspondientes se recojan los hechos constatados por aquellos,
salvo que se acredite lo contrario, y sin que por el interesado se haya realizado actuación
alguna en este sentido.
De dichos hechos resulta responsable D. Natalia Alfonso Luis.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
La conducta descrita, el consumo de bebidas en grupo, cuando ello genere molestias
e imposibilite el disfrute de los espacios públicos por parte de otros usuarios, se
encuentra taxativamente prohibida en el art. 19.m de la Ordenanza de Protección de
Espacios Públicos, Limpieza y Recogida de Residuos en el Término Municipal de
Ponferrada.
La infracción cometida puede ser sancionada con multa de hasta 150,25 € de
conformidad con cuanto dispone el art. 62.A y en relación al art. 63.1 de la precitada
Ordenanza.
3.- La competencia para sancionar está atribuida al Sr. Alcalde-Presidente en base a
lo establecido en el art. 66 de la Ordenanza de Protección de Espacios Públicos,
Limpieza y Recogida de Residuos en el Término Municipal de Ponferrada. Dicha
competencia se encuentra delegada en favor del Sr. Concejal Delegado de Hacienda,
Régimen Interior y Contratación por Decreto de Alcaldía-Presidencia de fecha 01 de abril
de 2024.
Visto el Expediente de referencia, así como los antecedentes descritos, por medio de
la presente, RESUELVO:
Sancionar a Dña. Natalia Alfonso Luis con multa de 100€.
FORMA DE INGRESO DE ESTA LIQUIDACIÓN:
En las Entidades Colaboradoras que figuran en la correspondiente carta de pago que
deberá recoger en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento de Ponferrada, sita en la
calle La Energía, 4 (Edificio Sede Ciuden).
PLAZO DE INGRESO EN PERIODO VOLUNTARIO:

Las liquidaciones notificadas entre los días 16 y último de cada mes, deberán ser
satisfechas desde la fecha de recepción de la notificación y hasta el día 5 del segundo
mes posterior o, si este no fuera hábil, hasta el inmediato hábil posterior.
VÍA DE APREMIO:
Transcurridos los plazos señalados anteriormente sin haber efectuado el ingreso, se
procederá a su cobro por vía de apremio con los recargos señalados en la Ley General
Tributaria, intereses de demora y demás gastos de ejecución.
Notifíquese la presente Resolución al interesado con indicación de los Recursos que
sean procedentes.
Contra la precedente Resolución, puede interponer directamente Recurso
Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de León,
en un plazo de DOS MESES, contados a partir del día siguiente a la notificación del
mismo; y sin perjuicio de que ejercite cualquier otro recurso o reclamación que estime
oportuno, o, potestativamente, Recurso de Reposición ante el mismo órgano que dictó la
resolución en el plazo de UN MES, contado a partir del día siguiente a la notificación de
la misma, de conformidad con cuanto disponen los arts. 123 y 124 de la Ley 39/2015, de
1 de Octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

cve: BOE-N-2025-d3ac5e0fa97c54947a837893b436c91c59988522
Verificable en https://www.boe.es

Las liquidaciones notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes deberán ser
satisfechas desde la fecha de recepción de la notificación y hasta el día 20 del mes
posterior o, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil posterior.