Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Torreblanca. (BOE-N-2025-425288)
Anuncio de notificación de 6 de junio de 2025 en procedimiento por imposibilidad de notificación personal del acuerdo del Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 27 de marzo de 2025.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca
lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de
reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Castellón, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al
de la desestimación presunta.
· Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Castellón, dentro del plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de la presente publicación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
cve: BOE-N-2025-e9d0d4dcb12fdbc54d598dda9254898dd1d8ee28
Verificable en https://www.boe.es
Torreblanca , 6 de junio de 2025.- La Alcaldesa, Tania Agut Mas
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca
lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Si transcurriese un mes desde el día siguiente al de la interposición del recurso de
reposición sin que éste haya sido resuelto, podrá entender que ha sido desestimado e
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Castellón, en el plazo de seis meses, a contar desde el día siguiente al
de la desestimación presunta.
· Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso
Administrativo de Castellón, dentro del plazo de dos meses contados desde el día
siguiente al de la presente publicación.
En caso de optar por el recurso potestativo de reposición no se podrá interponer el
recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido su desestimación por silencio administrativo.
Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que estime procedente.
cve: BOE-N-2025-e9d0d4dcb12fdbc54d598dda9254898dd1d8ee28
Verificable en https://www.boe.es
Torreblanca , 6 de junio de 2025.- La Alcaldesa, Tania Agut Mas
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X