Administración Local. La Rioja. Ayuntamiento De Logroño. (BOE-N-2025-425475)
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento Aprobación del convenio urbanístico entre el Ayuntamiento de Logroño y la Junta de Compensación del Sector Ramblasque, de planeamiento y de gestión, para la ejecución anticipada de parte de las obras de urbanización del Sector, correspondientes con la prolongación del vial de Avenida de La Sierra. URB14-2025/0001.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 10
Territorio y Urbanismo de La Rioja, al artículo 61 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y
Rehabilitación Urbana, al artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los artículos 47
y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
así como a las demás normas que resulten de aplicación.
Las cuestiones litigiosas que pudieran derivar de la interpretación y aplicación del
presente convenio serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman y rubrican el presente convenio por duplicado,
en el lugar y fecha indicados supra.
Fdo por Conrado Escobar Las Heras y Fdo Eduardo Blanco Pastor.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio,
de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Potestativamente, podrá asimismo interponer recurso de reposición ante este
Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación
de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En
caso de interponer este recurso, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo, lo que ocurrirá si, transcurrido un mes desde la
interposición, no se notificarala resolución del mismo. Los interesados podrán, asimismo,
interponer cualesquiera otros si lo cree conveniente.
cve: BOE-N-2025-32b840148cb6d7f0a700f88f7ef2b1e55f9617e8
Verificable en https://www.boe.es
Logroño, 5 de junio de 2025.- El Alcalde: Conrado Escobar Las Heras
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 10
Territorio y Urbanismo de La Rioja, al artículo 61 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de
30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo y
Rehabilitación Urbana, al artículo 86 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a los artículos 47
y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
así como a las demás normas que resulten de aplicación.
Las cuestiones litigiosas que pudieran derivar de la interpretación y aplicación del
presente convenio serán sometidas a la jurisdicción contencioso-administrativa.
Y en prueba de conformidad, firman y rubrican el presente convenio por duplicado,
en el lugar y fecha indicados supra.
Fdo por Conrado Escobar Las Heras y Fdo Eduardo Blanco Pastor.
Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, cabe recurso contenciosoadministrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de La Rioja, en el
plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio,
de conformidad con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.
Potestativamente, podrá asimismo interponer recurso de reposición ante este
Ayuntamiento, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación
de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En
caso de interponer este recurso, no se podrá interponer recurso contenciosoadministrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del mismo, lo que ocurrirá si, transcurrido un mes desde la
interposición, no se notificarala resolución del mismo. Los interesados podrán, asimismo,
interponer cualesquiera otros si lo cree conveniente.
cve: BOE-N-2025-32b840148cb6d7f0a700f88f7ef2b1e55f9617e8
Verificable en https://www.boe.es
Logroño, 5 de junio de 2025.- El Alcalde: Conrado Escobar Las Heras
https://www.boe.es
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X