Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Benicarló. (BOE-N-2025-425269)
Anuncio de notificación de 4 de junio de 2025 en procedimiento de orden ejecución, expediente 1096815E (OE 23/2025) de Intervención Urbanística.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
LOTUP (Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad
Valenciana).
Se recuerda que las intervenciones de rehabilitación integral en monumentos de
interés local deberán contener el estudio relativo al proyecto de intervención
contemplado en el apartado 4 del artículo 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la
Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano.
En el caso de la inacción por parte de los propietarios se considera por parte del que
suscribe que la vía adoptar debería ser la que se establece en el art. 192.5.b) del Texto
Refundido de la LOTUP:
“El incumplimiento injustificado de la orden faculta a la administración para adoptar
una de estas medidas:...
b) Imposición de hasta diez multas coercitivas, con periodicidad mínima mensual, por
valor máximo, cada una de ellas, de un décimo del coste estimado de las obras
ordenadas. …”
....//....”
De conformidad con lo previsto en el artículo 9.1º del Real Decreto Legislativo
2/2008, de 20 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, y los
artículos 180.1 y 182 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana, procederá ordenar la
ejecución de los trabajos indicados por el técnico municipal en su informe, siendo todos
los gastos que se originen a costa de la propiedad de los terrenos.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone de un
plazo de audiencia de diez días, a contar desde el siguiente a la recepción de la presente
notificación, para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que
estime pertinentes, así como, para examinar la documentación integrante del expediente
de referencia, en el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Benicarló (c. del
Dr. Pera, nº 4), de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
cve: BOE-N-2025-730d774c7b12bfab14dd3ea54b758c9a79716208
Verificable en https://www.boe.es
Benicarló, 4 de junio de 2025.- El Alcalde: Juan Manuel Cerdá Tena
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
Núm. 141
Jueves 12 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 3
LOTUP (Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunidad
Valenciana).
Se recuerda que las intervenciones de rehabilitación integral en monumentos de
interés local deberán contener el estudio relativo al proyecto de intervención
contemplado en el apartado 4 del artículo 35 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la
Generalitat, del Patrimonio Cultural Valenciano.
En el caso de la inacción por parte de los propietarios se considera por parte del que
suscribe que la vía adoptar debería ser la que se establece en el art. 192.5.b) del Texto
Refundido de la LOTUP:
“El incumplimiento injustificado de la orden faculta a la administración para adoptar
una de estas medidas:...
b) Imposición de hasta diez multas coercitivas, con periodicidad mínima mensual, por
valor máximo, cada una de ellas, de un décimo del coste estimado de las obras
ordenadas. …”
....//....”
De conformidad con lo previsto en el artículo 9.1º del Real Decreto Legislativo
2/2008, de 20 de junio, que aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, y los
artículos 180.1 y 182 de la Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación
del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunidad Valenciana, procederá ordenar la
ejecución de los trabajos indicados por el técnico municipal en su informe, siendo todos
los gastos que se originen a costa de la propiedad de los terrenos.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dispone de un
plazo de audiencia de diez días, a contar desde el siguiente a la recepción de la presente
notificación, para formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que
estime pertinentes, así como, para examinar la documentación integrante del expediente
de referencia, en el departamento de Urbanismo del Ayuntamiento de Benicarló (c. del
Dr. Pera, nº 4), de lunes a viernes, de 9 a 14 horas.
cve: BOE-N-2025-730d774c7b12bfab14dd3ea54b758c9a79716208
Verificable en https://www.boe.es
Benicarló, 4 de junio de 2025.- El Alcalde: Juan Manuel Cerdá Tena
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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X