Administración Local. Badajoz. Ayuntamiento De Badajoz. (BOE-N-2025-425185)
Anuncio de notificación de 10 de junio de 2025 en procedimiento leg 5/24/zona 1.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 12 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 12

- SOLICITAR DEL SR. REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, si procede, la práctica
de nota marginal de finalización del expediente de restauración de la legalidad
urbanística conforme a lo dispuesto en el art. 63.3 del RD 1093/1997 de 4 de julio por el
que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la Ejecución de la Ley
Hipotecaria, sobre inscripción en el Registro de la Propiedad, de actos de naturaleza
urbanística.
El Excmo. Ayuntamiento Pleno acuerda, por unanimidad de los presentes (veintiséis
asistentes) hacer suyo el dictamen referido y la propuesta de resolución que antecede,
dándoles carácter de acuerdo corporativo plenario y, en consecuencia:
ORDENAR al PROPIETARIO la REPOSICION DE LA REALIDAD FISICA
ALTERADA mediante la DEMOLICION de las obras reflejadas en la propuesta de
resolución referenciada.
OTORGAR AL INTERESADO el plazo de UN MES, para que presente al Municipio el
proyecto técnico de la demolición ordenada y la documentación que resulte exigible
conforme a la normativa vigente. Revisada la documentación y abonada la fianza que le
sea requerida en función del Estudio de Producción y de Gestión de Residuos incluido
en proyecto, se comunicará al interesado la autorización de inicio de las obras que
deberá llevarse a cabo en el plazo de UN MES desde la notificación.
APERCIBIR AL INTERESADO de que el incumplimiento del mandato de demolición
dictado y de las actuaciones precisas para su ejecución recogidas en el acuerdo anterior,
conllevará la imposición de multas periódicas coercitivas por plazos mínimos de un mes,
hasta un máximo de diez, e importe, en cada ocasión, del diez por ciento del valor de la
obra a ejecutar para reponer la legalidad y nunca por importe inferior a 300 euros,
cantidades que podrán recaudarse por la vía de apremio. En cualquier momento y con
criterio de oportunidad podrá acordarse la sustitución de esta medida por la ejecución
subsidiaria u otro medio de ejecución forzosa legalmente previsto.
ORDENAR el levantamiento de cuantas medidas provisionales hayan podido
acordarse en la incoación del presente procedimiento y durante su tramitación para
garantizar la eficacia de la presente resolución.
APERCIBIR AL INTERESADO de que el acatamiento de la presente resolución en
todos sus términos, conllevará para el interesado una reducción del 50% en el importe
de la multa impuesta o que deba imponerse en el procedimiento sancionador, o la
devolución del importe correspondiente de la que ya hubieran satisfecho, reducción que
resulta acumulable con la prevista en el artículo 186.7 LOTUS 11/18
SOLICITAR DEL SR. REGISTRADOR DE LA PROPIEDAD, si procede, la práctica
de nota marginal de finalización del expediente de restauración de la legalidad
urbanística conforme a lo dispuesto en el art. 63.3 del RD 1093/1997 de 4 de julio por el
que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la Ejecución de la Ley
Hipotecaria, sobre inscripción en el Registro de la Propiedad, de actos de naturaleza
urbanística.
Lo que traslado a Vd. para su conocimiento y efectos, significándole que, el presente
Acto es definitivo en vía Administrativa y que, contra el mismo, podrá interponer Recurso
Contencioso Administrativo en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente
al de recepción de la presente notificación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo de Badajoz, sin perjuicio de que, por el interesado, pueda ejercitarse
cualquier otro que estime procedente.
Así mismo, POTESTATIVAMENTE, podrá interponer Recurso de Reposición, ante el
mismo órgano que ha dictado el Acto, en el plazo de UN MES, a contar desde el día
siguiente al de recepción de la presente notificación, entendiéndose DESESTIMADO, si
no se hubiera dictado resolución y notificado la misma al interesado en el plazo de UN
MES desde la interposición del mismo, en cuyo caso podrá interponer Recurso

cve: BOE-N-2025-03ddd432401ef2bcb84befa35bfbf49114f353de
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Núm. 141