Administración Local. Castellón. Ayuntamiento De Benicarló. (BOE-N-2025-425270)
Anuncio de notificación de 10 de abril de 2025 en procedimiento notificación decreto de incoación Exp. 10/2025-OMVNS.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 141

Jueves 12 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
CASTELLÓN
AYUNTAMIENTO DE BENICARLÓ
Anuncio de notificación de 10 de abril de 2025 en procedimiento notificación decreto de
incoación Exp. 10/2025-OMVNS.
ID: N2500428627

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiéndose
intentado la notificación a:
Y4022459A
y no pudiéndose practicar la misma, se remite al Boletín Oficial del Estado al objeto
de la publicación del contenido del decreto de incoación del procedimiento sancionador
(Exp. 10/2025-OMVNS-Expediente electrónico núm. 1457959T), dictado por la concejala
delegada de Comercio, Mercados, Consumo y Promoción Económica, (Resolución núm.
1310, de fecha 28 de marzo de 2025) en el procedimiento de referencia:
Asunto: Notificación del decreto de incoación.
Expediente: 10/2025-OMVNS- Expediente electrónico núm. 1457959T
«Exposición de hechos

II. Resultando que según consta en la citada denuncia los hechos de referencia han
sido cometidos por (...), con NIF: Y4022459A, con domicilio a efectos de notificaciones
en (...).
III.- Por Decreto de la concejala delegada de Comercio, Mercados, Consumo y
Promoción Económica (Resolución núm. 1285/27.03.2025) se declaró la caducidad del
procedimiento sancionador correspondiente al expediente 1223574J (Exp. 4/2023OMVNS) incoado a (...), con NIE: Y4022459A y con domicilio a efectos de notificaciones
en (...), de conformidad con lo establecido en el artículo 25.1.b) de la LPACAP y el
archivo de las actuaciones practicadas, con los efectos previstos en el artículo 95 de la
citada disposición legal, es decir, que podrán incorporarse en el nuevo procedimiento
sancionador, los actos y trámites cuyo contenido se hubiera mantenido igual de no
haberse producido la caducidad. En todo caso, en el nuevo procedimiento deberán
cumplimentarse los trámites de alegaciones, proposición de prueba y audiencia al
interesado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.3 de la LPACAP, dado que
ya han transcurrido mas de tres meses desde la iniciación, en fecha 25 de octubre de
2024, del citado expediente, sin que se haya producido la resolución del mismo y su
notificación.
Fundamentos de derecho

cve: BOE-N-2025-f85fed4284691be0d7e3e083d1d660d25f90fb0f
Verificable en https://www.boe.es

I. Resultando que a consecuencia de la denuncia número 644/2023, en relación con
la Ordenanza municipal reguladora de la venta no sedentaria (OMVNS) (BOP número
69, de 08/06/13), emitida por los Agentes de la Policía Local de Benicarló (NIP
120270049 y NIP 120270131), en fecha 2/08/2023, se ha tenido conocimiento de los
siguientes hechos: (...)