Administración Local. Badajoz. Ayuntamiento De Villanueva De La Serena. (BOE-N-2025-416878)
SECRETARÍA GENERAL (OG). Anuncio de notificación de 3 de junio de 2025 en procedimiento publicacion.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
BADAJOZ
AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DE LA SERENA
SECRETARÍA GENERAL (OG). Anuncio de notificación de 3 de junio de 2025 en
procedimiento publicacion.
ID: N2500413098

De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se
procede a notificar a través del Tablón Edictal Único (TEU) del Boletín Oficial del Estado,
la resolución adoptada por la Concejalía delegada de Urbanismo el día 8 de mayo de
2025, cuyo texto literal se transcribe a continuación, a don Francisco Lozano Fernández
y a don Pedro Arias Escobar, al no haberse podido practicar la notificación en el último
domicilio conocido:
“Dada cuenta del escrito presentado por don Francisco Lozano Fernández,
solicitando certificado acreditativo de haber obtenido por silencio administrativo la
licencia de demolición del inmueble sito en calle Mártires, nº 27, de esta ciudad, con
referencia catastral nº 7278016TJ5177N0001KE.
RESULTANDO: Que por don Francisco Lozano Fernández se solicitó con fecha 1 de
marzo de 2017 licencia de derribo del citado inmueble de calle Mártires, nº 27,
(expediente de licencia de obras 65/2017). A la citada petición de licencia no se
acompañó, como es preceptivo, dirección técnica de las obras a efectuar, ni declaración
responsable de tener derecho bastante para poder disponer del inmueble a que se
refería la solicitud de licencia, exigido por el artículo 177.2 a) de la Ley 15/2001, de 14 de
diciembre, del Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura, en adelante LSOTEX.
RESULTANDO: Que mediante escrito de esta concejalía, que a continuación se
transcribe, se informó al interesado que podía instar la declaración de situación legal de
ruina del inmueble referido:
“En relación con su solicitud de licencia de obras para el derribo de la edificación sita
en calle Mártires, nº 27; por medio del presente se le comunica que previamente a la
tramitación de dicha solicitud, deberá incoarse expediente para la declaración de ruina
de dicho edificio, conforme a los artículos 165 de la Ley 15/2001, de 14 de diciembre, del
Suelo y Ordenación Territorial de Extremadura y artículo 4.1.17 del Plan General
Municipal de esta ciudad.
A tal efecto, deberá solicitarse la declaración de situación legal de ruina urbanística y
acreditar que se dan los siguientes supuestos:
a) Que el coste de las reparaciones necesarias para devolver a la construcción o
edificación que esté en situación de manifiesto deterioro la estabilidad, seguridad,
estanqueidad y consolidación estructurales o para restaurar en ella las condiciones
mínimas para hacer posible su uso efectivo legítimo, supere el límite del deber normal de
conservación.
b) Cuando, acreditando el propietario el cumplimiento puntual y adecuado de las
recomendaciones de al menos los informe técnicos correspondientes a las dos últimas
inspecciones periódicas, el coste de los trabajos y obras realizados como consecuencia

cve: BOE-N-2025-46247897ab37dcbe11b9ac4efd1ef0bdcfb132f6
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Núm. 139