Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Santa Perpètua De Mogoda. (BOE-N-2025-416960)
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia de la Ordenanza de Gestión de Residuos Municipal. Exp. 2025/7046A.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANTA PERPÈTUA DE MOGODA
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de la Ordenanza de Gestión de Residuos Municipal. Exp. 2025/7046A.
ID: N2500420199
De conformidad con lo establecido en los artículos 44 y siguientes de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas, al haberse intentado la notificación al interesado y devenir ésta infructuosa, se
procede a la publicación en el BOE y en el tablón de anuncios de la web municipal
(https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=826060009) del acuerdo de inicio del procedimiento
sancionador incoado como consecuencia de la presunta comisión de una infracción de
las ordenanzas municipales.
El interesado podrá presentar alegaciones al acuerdo de incoación en el plazo de
quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente
edicto en el BOE. Se transcribe a continuación el contenido íntegro del mencionado
acuerdo:
"Pongo en su conocimiento que el teniente de alcalde del Área de Organización y
Servicios generales ha dictado lo siguiente:
DECRETO 2025/1539 de 30 de mayo de 2025
Incoación de un expediente sancionador por una infracción de la Ordenanza
reguladora de la Gestión de Residuos. Ref.: 2025/7046A
Por denuncia n.º 1495 de fecha 15/05/2025 a las 21:40 horas, subscrita por los
funcionarios con condición de agente de la autoridad n.º: 1060 y 1085, se ha tenido
conocimiento del siguiente hecho: “Vaciar, abocar y/o depositar cualquier tipo de residuos
a la vía pública o alrededor de los contenedores.”, en la calle Lluis Companys, del que
presuntamente puede resultar responsable el/la Sr/Sra. con n.º NIE X9185721G y
domicilio en Santa Perpètua de Mogoda.
Dado que los hechos descritos anteriormente podrían ser constitutivos de una
infracción tipificada como LEVE en el artículo 56 apartado 3, de la Ordenanza reguladora
de la Gestión del Residuos Municipales consistente en “Vaciar, abocar y/o depositar
cualquier tipo de residuos a la vía pública o alrededor de los contenedores.” a los cuales
los puede corresponder una sanción de 400,00 €, según lo previsto en el artículo 58 de
esta misma ordenanza y en consonancia con el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de
julio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la ley reguladora de los residuos.
Atendido lo que prevé el artículo 29 de la Ley 40/2015 y que de acuerdo con los
artículos 86 y 87 del Decreto Legislativo no se observan los cumplimientos de criterios
objetivos y subjetivos de graduación de la responsabilidad que de manera separada o
conjunta puedan ser aplicables al presente caso, agraviando la responsabilidad
administrativa del presunto infractor, corresponderá imponer la sanción en su grado
inferior.
cve: BOE-N-2025-ad2df94ea522027192045fad1dc7f113cf9606e6
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
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AYUNTAMIENTO DE SANTA PERPÈTUA DE MOGODA
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento sancionador en materia
de la Ordenanza de Gestión de Residuos Municipal. Exp. 2025/7046A.
ID: N2500420199
De conformidad con lo establecido en los artículos 44 y siguientes de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones
públicas, al haberse intentado la notificación al interesado y devenir ésta infructuosa, se
procede a la publicación en el BOE y en el tablón de anuncios de la web municipal
(https://tauler.seu.cat/inici.do?idens=826060009) del acuerdo de inicio del procedimiento
sancionador incoado como consecuencia de la presunta comisión de una infracción de
las ordenanzas municipales.
El interesado podrá presentar alegaciones al acuerdo de incoación en el plazo de
quince días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del presente
edicto en el BOE. Se transcribe a continuación el contenido íntegro del mencionado
acuerdo:
"Pongo en su conocimiento que el teniente de alcalde del Área de Organización y
Servicios generales ha dictado lo siguiente:
DECRETO 2025/1539 de 30 de mayo de 2025
Incoación de un expediente sancionador por una infracción de la Ordenanza
reguladora de la Gestión de Residuos. Ref.: 2025/7046A
Por denuncia n.º 1495 de fecha 15/05/2025 a las 21:40 horas, subscrita por los
funcionarios con condición de agente de la autoridad n.º: 1060 y 1085, se ha tenido
conocimiento del siguiente hecho: “Vaciar, abocar y/o depositar cualquier tipo de residuos
a la vía pública o alrededor de los contenedores.”, en la calle Lluis Companys, del que
presuntamente puede resultar responsable el/la Sr/Sra. con n.º NIE X9185721G y
domicilio en Santa Perpètua de Mogoda.
Dado que los hechos descritos anteriormente podrían ser constitutivos de una
infracción tipificada como LEVE en el artículo 56 apartado 3, de la Ordenanza reguladora
de la Gestión del Residuos Municipales consistente en “Vaciar, abocar y/o depositar
cualquier tipo de residuos a la vía pública o alrededor de los contenedores.” a los cuales
los puede corresponder una sanción de 400,00 €, según lo previsto en el artículo 58 de
esta misma ordenanza y en consonancia con el Decreto Legislativo 1/2009, de 21 de
julio, por el cual se aprueba el Texto refundido de la ley reguladora de los residuos.
Atendido lo que prevé el artículo 29 de la Ley 40/2015 y que de acuerdo con los
artículos 86 y 87 del Decreto Legislativo no se observan los cumplimientos de criterios
objetivos y subjetivos de graduación de la responsabilidad que de manera separada o
conjunta puedan ser aplicables al presente caso, agraviando la responsabilidad
administrativa del presunto infractor, corresponderá imponer la sanción en su grado
inferior.
cve: BOE-N-2025-ad2df94ea522027192045fad1dc7f113cf9606e6
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139