Administración Local. Almería. Ayuntamiento De Ejido, El. (BOE-N-2025-416847)
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento sancionador.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE EJIDO, EL
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500419932
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y siendo
imposible la notificación por causas ajenas a este Ayuntamiento de los expedientes
sancionadores que se indican, a las personas o entidades denunciadas que a
continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar,
Expediente Pasaporte/NIF Fecha Inicio Norma Sanción
10/2025
34841416G
17/03/2025
1
300 €
Norma: Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las
infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción
agroalimentaria.
Artículo 2.1.1. Hasta 601,01 Euros. El incumplimiento de los requisitos, condiciones,
obligaciones o prohibiciones de naturaleza sanitaria determinados en la normativa a que
se refiere el art. 1.
Artículo 2.3.4. Desde 601,02 a 15.025,30 Euros. Y en general el incumplimiento de
los requisitos, condiciones, obligaciones o prohibiciones establecidos, o la falta de
diligencia o precauciones exigibles cuando por su duración u otros hechos y
circunstancias concurrentes impliquen un desprecio manifiesto por el riesgo
eventualmente creado para la salud de los consumidores.
Que por Decreto de la Concejalía de Turismo, Fomento, Comercio, Sanidad y
Consumo, mediante denuncia formulada por los Agentes de la Autoridad (art. 54 Ley
39/2015), se les incoa expediente sancionador, por infringir lo establecido en el artículo
referenciado del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las
infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción
agroalimentaria, en el que se acuerda:
Primero.- Incoar procedimiento sancionador a los denunciados por los hechos arriba
descritos.
Segundo.- Nombrar Instructor del expediente a Dña. Celia López Alonso, Técnico
Superior de Administración General y Jefa de Unidad de Sanidad y Consumo, y
Secretaria a D. Kristian Kamplade (Funcionario del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido, los
cuales pueden ser recusados si concurriere causa legal (art. 23.2 y 24 de la Ley 40/15 de
1 de octubre).
Tercero.- Comunicar a los denunciados que el Órgano competente para la resolución
del expediente es la Alcaldía, o en su caso, el Concejal Delegado, de conformidad con lo
previsto en el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985.
cve: BOE-N-2025-481b175465e8bca45b0356d26870cbec878957ff
Verificable en https://www.boe.es
Hace pública a efectos de notificación a los interesados:
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALMERÍA
AYUNTAMIENTO DE EJIDO, EL
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento sancionador.
ID: N2500419932
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y siendo
imposible la notificación por causas ajenas a este Ayuntamiento de los expedientes
sancionadores que se indican, a las personas o entidades denunciadas que a
continuación se relacionan, ya que habiéndose intentado la notificación en el último
domicilio conocido, ésta no se ha podido practicar,
Expediente Pasaporte/NIF Fecha Inicio Norma Sanción
10/2025
34841416G
17/03/2025
1
300 €
Norma: Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las
infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción
agroalimentaria.
Artículo 2.1.1. Hasta 601,01 Euros. El incumplimiento de los requisitos, condiciones,
obligaciones o prohibiciones de naturaleza sanitaria determinados en la normativa a que
se refiere el art. 1.
Artículo 2.3.4. Desde 601,02 a 15.025,30 Euros. Y en general el incumplimiento de
los requisitos, condiciones, obligaciones o prohibiciones establecidos, o la falta de
diligencia o precauciones exigibles cuando por su duración u otros hechos y
circunstancias concurrentes impliquen un desprecio manifiesto por el riesgo
eventualmente creado para la salud de los consumidores.
Que por Decreto de la Concejalía de Turismo, Fomento, Comercio, Sanidad y
Consumo, mediante denuncia formulada por los Agentes de la Autoridad (art. 54 Ley
39/2015), se les incoa expediente sancionador, por infringir lo establecido en el artículo
referenciado del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, por el que se regulan las
infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción
agroalimentaria, en el que se acuerda:
Primero.- Incoar procedimiento sancionador a los denunciados por los hechos arriba
descritos.
Segundo.- Nombrar Instructor del expediente a Dña. Celia López Alonso, Técnico
Superior de Administración General y Jefa de Unidad de Sanidad y Consumo, y
Secretaria a D. Kristian Kamplade (Funcionario del Excmo. Ayuntamiento de El Ejido, los
cuales pueden ser recusados si concurriere causa legal (art. 23.2 y 24 de la Ley 40/15 de
1 de octubre).
Tercero.- Comunicar a los denunciados que el Órgano competente para la resolución
del expediente es la Alcaldía, o en su caso, el Concejal Delegado, de conformidad con lo
previsto en el artículo 21.1 n) de la Ley 7/1985.
cve: BOE-N-2025-481b175465e8bca45b0356d26870cbec878957ff
Verificable en https://www.boe.es
Hace pública a efectos de notificación a los interesados: