Administración Local. Huelva. Ayuntamiento De Ayamonte. (BOE-N-2025-417234)
Anuncio de notificación de 5 de junio de 2025 en procedimiento de aprobación de iniciativa para el establecimiento del sistema de compensación por procedimiento simplificado.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 5
de reparcelación cumpla los requisitos y los criterios adicionales de representación y de
actuación que establecidos reglamentariamente. La iniciativa debe formalizarse por
escrito ante la Administración actuante y tiene que incorporar un proyecto de bases, que
será sometido a información pública por plazo mínimo de un mes; simultáneamente debe
concederse audiencia a las personas propietarias mediante notificación personal. Será
de aplicación el régimen del silencio establecido en el artículo 102.3.
Considerando que el Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba
el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la
sostenibilidad del territorio de Andalucía, establece en su artículo 211 como modalidad
del sistema de compensación el de modalidad simplificada, que se regula en sus
artículos 213 a 216. Conforme a dichos preceptos, la iniciativa para el establecimiento
del sistema de actuación de compensación por el procedimiento simplificado debe incluir
un proyecto de bases de la actuación de transformación urbanística, la justificación de la
solvencia económica, financiera y técnica de la iniciativa, una propuesta de proyecto de
reparcelación, una propuesta de proyecto de urbanización y garantía económica para
asegurar la ejecución de la actuación de transformación urbanística.
Considerando el procedimiento regulado en el artículo 215 del Reglamento General
de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de
Andalucía, y contempla las siguientes fases:
1. Aprobación inicial de las bases de actuación de transformación urbanística;
2. Someter la iniciativa para el establecimiento del sistema de actuación a
información pública y audiencia a los interesados que no han suscrito la iniciativa por
plazo mínimo de veinte días mediante anuncio en el Boletín Oficial correspondiente y en
el portal web de la Administración actuante;
3. Aprobación de la iniciativa formulada, incluyendo la aprobación de las bases de
actuación.
Y la tramitación simultánea y de manera coordinada de los procedimientos de
aprobación de los proyectos de reparcelación y de urbanización; coordinado con éste
último, el de calificación ambiental que deba incluir la evaluación de impacto ambiental
simplificada.
En virtud de la delegación de Alcaldía de 21 de junio de 2023, emito la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO. Aprobar inicialmente las bases de actuación del ámbito de suelo urbano
sometido a actuación de transformación urbanística de reforma interior SUNC-APD.1,
denominado UE-1C.
SEGUNDO. Someter la iniciativa, incluidos los proyectos de reparcelación y
urbanización presentados, a información pública y a audiencia de los interesados por
plazo de veinte días mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el
Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.
TERCERO. Recabar, simultáneamente al periodo de información pública, informe de
la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva, por requerir la
actuación autorización para la ejecución de la urbanización en zona de servidumbre de
protección del dominio público marítimo-terrestre.
Y consultar a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas,
poniendo a su disposición el proyecto de urbanización y el documento ambiental.
CUARTO. Consultar a las compañías suministradoras sobre la adecuación técnica
del proyecto de urbanización a las condiciones recogidas en el instrumento de
ordenación.
cve: BOE-N-2025-3b931a8d053200b9e52207f6fa020cadcf9d5816
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139
Martes 10 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 5
de reparcelación cumpla los requisitos y los criterios adicionales de representación y de
actuación que establecidos reglamentariamente. La iniciativa debe formalizarse por
escrito ante la Administración actuante y tiene que incorporar un proyecto de bases, que
será sometido a información pública por plazo mínimo de un mes; simultáneamente debe
concederse audiencia a las personas propietarias mediante notificación personal. Será
de aplicación el régimen del silencio establecido en el artículo 102.3.
Considerando que el Decreto 550/2022, de 29 de noviembre, por el que se aprueba
el Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la
sostenibilidad del territorio de Andalucía, establece en su artículo 211 como modalidad
del sistema de compensación el de modalidad simplificada, que se regula en sus
artículos 213 a 216. Conforme a dichos preceptos, la iniciativa para el establecimiento
del sistema de actuación de compensación por el procedimiento simplificado debe incluir
un proyecto de bases de la actuación de transformación urbanística, la justificación de la
solvencia económica, financiera y técnica de la iniciativa, una propuesta de proyecto de
reparcelación, una propuesta de proyecto de urbanización y garantía económica para
asegurar la ejecución de la actuación de transformación urbanística.
Considerando el procedimiento regulado en el artículo 215 del Reglamento General
de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de
Andalucía, y contempla las siguientes fases:
1. Aprobación inicial de las bases de actuación de transformación urbanística;
2. Someter la iniciativa para el establecimiento del sistema de actuación a
información pública y audiencia a los interesados que no han suscrito la iniciativa por
plazo mínimo de veinte días mediante anuncio en el Boletín Oficial correspondiente y en
el portal web de la Administración actuante;
3. Aprobación de la iniciativa formulada, incluyendo la aprobación de las bases de
actuación.
Y la tramitación simultánea y de manera coordinada de los procedimientos de
aprobación de los proyectos de reparcelación y de urbanización; coordinado con éste
último, el de calificación ambiental que deba incluir la evaluación de impacto ambiental
simplificada.
En virtud de la delegación de Alcaldía de 21 de junio de 2023, emito la siguiente
RESOLUCIÓN
PRIMERO. Aprobar inicialmente las bases de actuación del ámbito de suelo urbano
sometido a actuación de transformación urbanística de reforma interior SUNC-APD.1,
denominado UE-1C.
SEGUNDO. Someter la iniciativa, incluidos los proyectos de reparcelación y
urbanización presentados, a información pública y a audiencia de los interesados por
plazo de veinte días mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento y en el
Boletín Oficial de la Provincia de Huelva.
TERCERO. Recabar, simultáneamente al periodo de información pública, informe de
la Delegación Territorial de Sostenibilidad y Medio Ambiente en Huelva, por requerir la
actuación autorización para la ejecución de la urbanización en zona de servidumbre de
protección del dominio público marítimo-terrestre.
Y consultar a las Administraciones Públicas afectadas y a las personas interesadas,
poniendo a su disposición el proyecto de urbanización y el documento ambiental.
CUARTO. Consultar a las compañías suministradoras sobre la adecuación técnica
del proyecto de urbanización a las condiciones recogidas en el instrumento de
ordenación.
cve: BOE-N-2025-3b931a8d053200b9e52207f6fa020cadcf9d5816
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 139