Administración Local. Sevilla. Ayuntamiento De Sevilla. (BOE-N-2025-412905)
SERVICIO DE LICENCIAS Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 3 de junio de 2025 en procedimiento imponer multa coercitiva.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

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Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
SEVILLA
AYUNTAMIENTO DE SEVILLA
SERVICIO DE LICENCIAS Y DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 3
de junio de 2025 en procedimiento imponer multa coercitiva.
ID: N2500411552

EDICTO
SERVICIO DE LICENCIAS E INSPECCIÓN URBANÍSTICA
SECCIÓN: ADMINISTRATIVA
EXPTE.: 402/2007 LUGAR: CALLE BALIZA núm. 41
CRV
REF.: OBRAS DE PARTICULARES
Habiéndose intentado la notificación de la resolución recaída en el expediente
instruido en el Servicio de Licencias e Inspección Urbanística, Sección Administrativa,
contra las personas que a continuación se relacionan y no pudiéndose practicar por estar
ausente de su domicilio en la hora de reparto o ser desconocido el mismo, por medio del
presente edicto se hace pública la notificación de la misma conforme a lo dispuesto en el
art. 44 de la Ley 39/2015 reguladora del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
El contenido de la Resolución recaída es el siguiente:

“Mediante acuerdo de la Comisión Ejecutiva de esta Gerencia de Urbanismo
adoptado en sesión celebrada el día 25 de junio de 2008, se ordenaron las medidas
necesarias para la reposición de la realidad física alterada en la finca sita en CALLE
BALIZA núm. 41, consistentes en:
- Demolición del cerramiento delantero de la parcela, ejecutado hasta una altura de
3,00 ml. y una longitud de 20,00 ml.; así como la reposición del mismo, tal y como se
disponía en su estado anterior.
Dichas obras debían dar comienzo dentro del plazo de TREINTA DIAS, a partir del
día siguiente al de la recepción de dicho acuerdo, siendo el plazo de ejecución de las
mismas de otros TREINTA DIAS.
En la resolución mencionada se apercibe al promotor que, en caso de
incumplimiento, y mientras no sea acatada la orden de restitución, se impondrán hasta
doce multas coercitivas con una periodicidad mínima de un mes y cuantía, en cada caso,
del diez por ciento del valor de las obras realizadas y, como mínimo, de 600 €, de
conformidad con lo dispuesto en el entonces vigente art. 184 de la Ley de Ordenación
Urbanística de Andalucía y en el art. 49 del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que

cve: BOE-N-2025-a1a5d7e8f507f7d16e89efe3b8ee630313a774d3
Verificable en https://www.boe.es

“La Comisión Ejecutiva de la Gerencia de Urbanismo se ha servido aprobar con
fecha 14 de mayo de 2024, la siguiente propuesta del Sr. Gerente, cuyo tenor literal es
como sigue: