Administración Local. Alicante. Ayuntamiento De Castalla. (BOE-N-2025-412825)
Anuncio de notificación de 2 de junio de 2025 en procedimiento de Declaración de la concreta situación urbanística de edificación sita en suelo urbano, a requerimiento del Registro de la Propiedad de Ibi, expte. 3999/2024.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 137

Sábado 7 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
ALICANTE
AYUNTAMIENTO DE CASTALLA
Anuncio de notificación de 2 de junio de 2025 en procedimiento de Declaración de la
concreta situación urbanística de edificación sita en suelo urbano, a requerimiento del
Registro de la Propiedad de Ibi, expte. 3999/2024.
ID: N2500411177

EDICTO
De los antecedentes obrantes en el expediente se deduce que intentada la
notificación, ésta no ha sido aceptada por la interesada con D.N.I. X02928722V, en el
plazo concedido al efecto, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, se le pone de manifiesto, por medio del presente, el
contenido de la Resolución del Cuarto Teniente de Alcalde del M.I. Ayuntamiento de
Castalla con número de Decreto 251/2025 de fecha 15/05/2025, que literalmente le
trascribo:
“RESOLUCIÓN DEL CUARTO TENIENTE DE ALCALDE

En fecha 22/07/2024 (E-RC-7252) se ha presentado por la Registradora de la
Propiedad de Ibi, certificación emitida por dicho Registro, en la que se hace constar que
se ha procedido a efectuar inscripción de obra nueva, en base a certificación emitida por
Técnico competente. La mencionada certificación viene referida a una casa en Castalla,
Calle Carril de la Sang n.º 26 (Suelo Urbano con calificación pormenorizada Núcleo
Histórico - (NUH). En el certificado “Se hace constar que la declaración de obra-nueva,
ha sido practicada conforme al artículo 52 del R.D. 1093/97, de 4 de julio, sin la
certificación expedida por el Ayuntamiento dónde radica, de conformidad con lo
establecido en el artículo 28 del TRLS 7/2015 de 30 de Octubre, por dicho Ayuntamiento,
se dicte Resolución de la que resulte la concreta situación urbanística de la edificación
declarada, con la delimitación de su contenido e indicación expresa de las limitaciones
urbanística que le afecten, de todo lo cual se dejará constancia registral, a solicitud del
Ayuntamiento, mediante la correspondiente nota al margen de la inscripción de obranueva.
Asimismo se ADVIERTE que, conforme al referido artículo, la omisión de los trámites
administrativos necesarios para la solicitud de la práctica registral de la referida nota
marginal, dará lugar a la responsabilidad de la Administración competente, en caso de
producirse perjuicios económicos al adquirente de buena fe de la finca afectada y, en su
caso, indemnizarle de los daños y perjuicios causados”
Se fundamenta la inscripción en base al artículo 52 del Real Decreto 1093/1997, de 4
de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la
ejecución de la Ley Hipotecaria sobre inscripción en el Registro de la Propiedad de actos
de naturaleza urbanística.

cve: BOE-N-2025-76a170d81f26c38cec6b0367fc29501976f2e180
Verificable en https://www.boe.es

DECLARACIÓN DE LA CONCRETA SITUACIÓN URBANÍSTICA DE EDIFICACIÓN
SITA EN SUELO URBANO, A REQUERIMIENTO DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD
DE IBI. EXPTE. 3999/2024.