Administración Local. Alicante. Ayuntamiento De Elda. (BOE-N-2025-398537)
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento ruina inminente, expte. 2025/7281.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 133

Martes 3 de junio de 2025

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inminentes y graves a las personas y a las cosas, en supuestos de catástrofe,
calamidad, ruina inminente u otros semejantes de extrema y urgente necesidad.
Cuando por estas causas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad entrasen en un
domicilio, remitirán sin dilación el Acta o atestado que redactaren a la Autoridad judicial
competente.
Por lo anterior,
RESUELVO
Primero.- Declarar en situación de amenaza de ruina inminente el inmueble situado
en C/ Ramón y Cajal, n.º 17 de Elda (Referencia catastral 2216312XH9621N0001IX) de
acuerdo con lo informado por los Servicios Técnicos Municipales.
Segundo.- Requerir a la propiedad para que en el plazo máximo de 72 horas, se lleve
a cabo la DEMOLICIÓN del cerramiento de la parcela, así como limpiar el escombro y
enseres de su interior hasta la cota 0 del terreno, sin remoción de tierras ni afección al
subsuelo.
Tercero.- El cumplimiento de dichas medidas deberán ser acreditadas ante este
Ayuntamiento mediante los correspondientes medios de prueba, entre los que constará
necesariamente reportaje fotográfico de la parcela.
Cuarto.- Solicitar al Registro de la Propiedad certificación registral sobre la situación
del inmueble, en virtud de lo dispuesto en el artículo 202.3 del Decreto Legislativo
1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de
Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje.
Quinto.- Incoar el procedimiento contradictorio al objeto de determinar el eventual
incumplimiento, por parte del propietario, del deber de conservación de la edificación.
Sexto.- Notificar la Resolución a los interesados con expresión de los recursos que
cabe interponer:

No obstante lo anterior, de manera potestativa podrá, con carácter previo al recurso
judicial indicado, interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que ha
dictado el acto en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente al del recibo de la
presente notificación, en cuyo caso no podrá interponer el recurso judicial contenciosoadministrativo hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la
desestimación presunta del recurso de reposición, lo que se produce transcurrido un mes
desde su interposición sin que se haya notificado su resolución, de acuerdo con lo
establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 2 de octubre del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. “
Lo que se notifica a los efectos oportunos.
Elda, 27 de mayo de 2025.- El Concejal Delegado de Urbanismo Sostenible y
Actividades

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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

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Contra el presente acto podrá interponer directamente RECURSO CONTENCIOSOADMINISTRATIVO, según se establece en los artículos 25.1 de la Ley 29/1998 de 15 de
julio de la Jurisdicción contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo correspondiente de Alicante, en el plazo de dos meses a contar a partir
del día siguiente al del recibo de la presente notificación.