Administración Local. Barcelona. Ayuntamiento De Sant Cugat Del Vallès. (BOE-N-2025-398704)
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la normativa relativa a la protección y la tenencia de animales. Expediente número 6493/2025.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 3 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
ADMINISTRACIÓN LOCAL
BARCELONA
AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento Incoación de los
procedimientos sancionadores por infracciones de la normativa relativa a la protección y
la tenencia de animales. Expediente número 6493/2025.
ID: N2500395262
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución número 997 de
10/03/2025 de 2025 de “Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones
de la normativa relativa a la protección y la tenencia de animales”, previa adaptación de
los datos de carácter personal que esta contiene a lo que establece la disposición
adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos,
para su notificación vía publicación a la persona con documento de identidad número
44023062G: “Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la
normativa relativa a la protección y la tenencia de animales. El artículo 4.1.f) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (LRBRL) y el arte. 8.1 f)
del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba la Ley municipal y
de régimen local de Cataluña, regulan la potestad sancionadora correspondiente a los
entes locales de Cataluña (LMRLC). En materia de protección y tenencia animales, son
numerosas las normas que contienen régimen sancionador, entre ellas: - La Ley
10/1999, de 30 de julio, sobre la tenencia de perros considerados potencialmente
peligrosos (normativa catalana), artículos 7 y siguientes. - La Ley 50/1999, de 23 de
diciembre, de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (normativa estatal),
Capítulo III. - Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el cual se aprueba el texto
refundido de la Ley de protección de los animales, Título VII. - Ordenanza municipal
sobre la protección y la tenencia responsable de animales (BOPV de 26/07/2017), Título
VII. - Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos de los animales y el
bienestar de los animales, Título VI. En el anexo a la resolución se relacionan las
denuncias policiales que han sido emitidas por infracción de la normativa relativa a la
protección y la tenencia de animales, y que tienen que dar lugar al inicio e instrucción del
procedimiento sancionador. Para las conductas denunciadas, y sin perjuicio de aquello
que resulte de la instrucción de los procedimientos, pueden corresponderse las
sanciones que se expresan en la mencionada relación anexa, de acuerdo con la
normativa aplicable en cuanto a la tipificación y calificación de las infracciones y tipos y
graduación de las sanciones. El procedimiento sancionador se tiene que ajustar al que
prevén la Ley 26/2010, de 3 de agosto de régimen jurídico y de procedimiento de las
administraciones públicas de Cataluña (LPACAPC); la Ley 39/2015, de 1 de octubre de
Procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas (LPACAP), la ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico de 2/5 sector público (LRJSP), y el
Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación
a los ámbitos de competencia de la Generalitat de Cataluña (DPSAACGC) en todo
aquello que no contradiga con la normativa mencionada; sin perjuicio de la normativa
específica aplicable. La competencia para iniciar los procedimientos sancionadores
corresponde a la Alcaldía de acuerdo con el artículo 21.1 n) de la LRBRL y 53.1 n) de la
cve: BOE-N-2025-889d73457fdd1b2f1fc2dce6230234e1fccaef3b
Verificable en https://www.boe.es
Núm. 133
Martes 3 de junio de 2025
Supl. N. Pág. 1
Suplemento de Notificaciones
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AYUNTAMIENTO DE SANT CUGAT DEL VALLÈS
Anuncio de notificación de 27 de mayo de 2025 en procedimiento Incoación de los
procedimientos sancionadores por infracciones de la normativa relativa a la protección y
la tenencia de animales. Expediente número 6493/2025.
ID: N2500395262
De conformidad con lo previsto el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a
continuación el contenido literal de la notificación de la resolución número 997 de
10/03/2025 de 2025 de “Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones
de la normativa relativa a la protección y la tenencia de animales”, previa adaptación de
los datos de carácter personal que esta contiene a lo que establece la disposición
adicional séptima de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos,
para su notificación vía publicación a la persona con documento de identidad número
44023062G: “Incoación de los procedimientos sancionadores por infracciones de la
normativa relativa a la protección y la tenencia de animales. El artículo 4.1.f) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local (LRBRL) y el arte. 8.1 f)
del Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el cual se aprueba la Ley municipal y
de régimen local de Cataluña, regulan la potestad sancionadora correspondiente a los
entes locales de Cataluña (LMRLC). En materia de protección y tenencia animales, son
numerosas las normas que contienen régimen sancionador, entre ellas: - La Ley
10/1999, de 30 de julio, sobre la tenencia de perros considerados potencialmente
peligrosos (normativa catalana), artículos 7 y siguientes. - La Ley 50/1999, de 23 de
diciembre, de la tenencia de animales potencialmente peligrosos (normativa estatal),
Capítulo III. - Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el cual se aprueba el texto
refundido de la Ley de protección de los animales, Título VII. - Ordenanza municipal
sobre la protección y la tenencia responsable de animales (BOPV de 26/07/2017), Título
VII. - Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos de los animales y el
bienestar de los animales, Título VI. En el anexo a la resolución se relacionan las
denuncias policiales que han sido emitidas por infracción de la normativa relativa a la
protección y la tenencia de animales, y que tienen que dar lugar al inicio e instrucción del
procedimiento sancionador. Para las conductas denunciadas, y sin perjuicio de aquello
que resulte de la instrucción de los procedimientos, pueden corresponderse las
sanciones que se expresan en la mencionada relación anexa, de acuerdo con la
normativa aplicable en cuanto a la tipificación y calificación de las infracciones y tipos y
graduación de las sanciones. El procedimiento sancionador se tiene que ajustar al que
prevén la Ley 26/2010, de 3 de agosto de régimen jurídico y de procedimiento de las
administraciones públicas de Cataluña (LPACAPC); la Ley 39/2015, de 1 de octubre de
Procedimiento administrativo común de las Administraciones públicas (LPACAP), la ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico de 2/5 sector público (LRJSP), y el
Decreto 278/1993, de 9 de noviembre, sobre el procedimiento sancionador de aplicación
a los ámbitos de competencia de la Generalitat de Cataluña (DPSAACGC) en todo
aquello que no contradiga con la normativa mencionada; sin perjuicio de la normativa
específica aplicable. La competencia para iniciar los procedimientos sancionadores
corresponde a la Alcaldía de acuerdo con el artículo 21.1 n) de la LRBRL y 53.1 n) de la
cve: BOE-N-2025-889d73457fdd1b2f1fc2dce6230234e1fccaef3b
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Núm. 133