Administración Local. Valencia. Ayuntamiento De Valencia. (BOE-N-2025-396808)
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 23 de mayo de 2025 en procedimiento relativo a la denegación de la licencia de demolición del edificio sito en el nº 118 de la C/ José Benlliure, ref. catastral 9721212YJ2792B (03801/2021/751 Sec. Ruinas).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 132

Lunes 2 de junio de 2025

Supl. N. Pág. 1

Suplemento de Notificaciones

ADMINISTRACIÓN LOCAL
VALENCIA
AYUNTAMIENTO DE VALENCIA
SERVICIO DE DISCIPLINA URBANÍSTICA. Anuncio de notificación de 23 de mayo de
2025 en procedimiento relativo a la denegación de la licencia de demolición del edificio
sito en el nº 118 de la C/ José Benlliure, ref. catastral 9721212YJ2792B (03801/2021/751
Sec. Ruinas).
ID: N2500400074

De conformidad con lo previsto en los artículos 44 y 45.2 la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y no
habiéndose podido practicar por intento infructuoso, la notificación de la Resolución nº
LA-2673 de 06/05/25 relativa a la denegación de la licencia de demolición, a la propiedad
del inmueble SMC Cabanyal Real Estate SL, CIF B87846440, sito en el nº 118, de la C/
José Benlliure, ref. catastral 9721212YJ2792B (exp.03801/2021/751) se hace público lo
siguiente:
“Por Resolución LA-2673 de fecha 06 de mayo de 2025, dictada por el director
general de Licencias, en virtud de delegación conferida por Acuerdo 100 de la JGL de 11
de abril de 2025, se ha dispuesto:
Hechos:

II.- En ese momento, para el referido inmueble, el Planeamiento de aplicación era el
Plan General de Ordenación Urbana (PGOU 28-12-88, BOE de 14-01-89), y el de
desarrollo, las Normas Urbanísticas Transitorias de Urgencia aplicables en el ámbito
ordenado por el PEPRI del Cabanyal-Canyamelar en Valencia, aprobadas por Acuerdo
de 8 de julio de 2016 del Consell, figurando el inmueble en zona de calificación
urbanística denominada Conjunto Histórico Protegido (CHP-2), así como en área
afectada por la declaración de Bien de Interés Cultural del Conjunto Histórico de Valencia
(área Cabanyal), por lo que debe tenerse en cuenta lo establecido en el artículo 39.2.f)
de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de Patrimonio Cultural Valenciano, en lo que respecta a
garantizar la edificación sustitutoria de la que se pretende demoler, condicionándose la
concesión de la licencia de demolición a la valoración del correspondiente proyecto de
edificación.
III.- En relación con lo anterior, se comprueba que está en trámite por el Servicio de
Licencias Urbanísticas-Obras de Edificación el expediente con número 03501/2021/2789
(procedimiento de concesión de licencia de obras de nueva planta), sin que conste
todavía la valoración del proyecto de nueva planta ni, por tanto, dictamen favorable de la
Comisión Técnica Municipal de Patrimonio, por lo que no se garantiza la edificación
sustitutoria de la de objeto de demolición.
IV.- Además, por la Comisión Territorial de Urbanismo autonómica en fecha 24 de
mayo de 2023 se aprueba el Plan Especial Cabanyal Canyamelar (BOP de 19 de junio),

cve: BOE-N-2025-3d3fc5c1cee032e2ed9e58a5e010a199941863af
Verificable en https://www.boe.es

I.- Con fecha 30 de agosto de 2021, por la mercantil “SMC Cabanyal Reale Estate,
SLU”, legalmente representada por Alejandro Valero Nadal, se solicita licencia de
demolición para el inmueble emplazado en la C/ José Benlliure, 118 (referencia catastral
9721212YJ2792B).