Administración Local. A Coruña. Ayuntamiento De Ferrol. (BOE-N-2025-387388)
URBANISMO. Anuncio de notificación de 23 de mayo de 2025 en procedimiento de resolución de expediente de ruina ER 8/2024 en la Calle Real Alta 103.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
reiterables hasta lograr la ejecución de las obras ordenadas, de conformidad con los
artículos 141.3 y 136.4 de la LSG
CUARTO.- Solicitar al Registro de la Propiedad la práctica de la anotación marginal
de la resolución del presente expediente ER 8/2024 de acuerdo con el artículo 63.3 del
R.D. 1093/97 de 4 de julio, una vez que esta resolución adquiera firmeza en vía
administrativa.(Ref. Catastral: 1850920NJ6115S)
QUINTO.- Notificar la presente resolución a la Consellería de Cultura de la Xunta de
Galicia, sin perjuicio de la necesidad de someter en su momento a la preceptiva
autorización de dicho proyecto de demolición o rehabilitación de conformidad con el
artículo 39.1 de la Ley 5/2016 del Patrimonio Cultural de Galicia.
SEXTO.- Notificar la presente resolución a todos los interesados en el expediente ”
Contra esta resolución que es definitiva en la vía administrativa, podrá usted
interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que lo dictó o interpoñer
directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados a partir del siguiente al
de la recepción de la presente notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46
de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Si opta por interpoñer RECURSO DE REPOSICIÓN previo al contenciosoadministrativo, deberá hacerlo ante el órgano municipal del que dimana el presente acto
en el plazo de un MES contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Lei 39/2015.
Contra la resolución expresa del recurso de reposición, podrá usted interpoñer
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo en el plazo de DOS MESES contados a partir del siguiente al de la
recepción de la presente notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la
Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Ferrol, 23 de mayo de 2025.- La Concejala Delegada del Área de Urbanismo,
Accesibilidad, Vivienda y Rehabilitación, por delegación de la Junta de Gobierno Local de
11.12.2023 (BOP núm. 241 del 20.12.2023) Fdo.: Blanca García Olivares
https://www.boe.es
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X
cve: BOE-N-2025-ab2ecb826cf568edec1f13b1475d420ebbb58dec
Verificable en https://www.boe.es
Contra la resolución presunta del recurso de reposición, que tendrá lugar transcurrido
un mes desde su interposición sin que fuese notificado, podrá usted interpoñer
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo en el plazo de SEIS MESES, contados a partir del día siguiente a aquel en
el que la resolución del referido recurso de reposición se debería notificar de forma
expresa (un mes desde su interposición), todo eso de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdición Contenciosoadministrativa en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.
Núm. 129
Jueves 29 de mayo de 2025
Supl. N. Pág. 2
reiterables hasta lograr la ejecución de las obras ordenadas, de conformidad con los
artículos 141.3 y 136.4 de la LSG
CUARTO.- Solicitar al Registro de la Propiedad la práctica de la anotación marginal
de la resolución del presente expediente ER 8/2024 de acuerdo con el artículo 63.3 del
R.D. 1093/97 de 4 de julio, una vez que esta resolución adquiera firmeza en vía
administrativa.(Ref. Catastral: 1850920NJ6115S)
QUINTO.- Notificar la presente resolución a la Consellería de Cultura de la Xunta de
Galicia, sin perjuicio de la necesidad de someter en su momento a la preceptiva
autorización de dicho proyecto de demolición o rehabilitación de conformidad con el
artículo 39.1 de la Ley 5/2016 del Patrimonio Cultural de Galicia.
SEXTO.- Notificar la presente resolución a todos los interesados en el expediente ”
Contra esta resolución que es definitiva en la vía administrativa, podrá usted
interponer RECURSO DE REPOSICIÓN ante el mismo órgano que lo dictó o interpoñer
directamente RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES contados a partir del siguiente al
de la recepción de la presente notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46
de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Si opta por interpoñer RECURSO DE REPOSICIÓN previo al contenciosoadministrativo, deberá hacerlo ante el órgano municipal del que dimana el presente acto
en el plazo de un MES contado a partir del día siguiente al de la recepción de la presente
notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Lei 39/2015.
Contra la resolución expresa del recurso de reposición, podrá usted interpoñer
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo en el plazo de DOS MESES contados a partir del siguiente al de la
recepción de la presente notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46 de la
Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de dicha Jurisdicción.
Ferrol, 23 de mayo de 2025.- La Concejala Delegada del Área de Urbanismo,
Accesibilidad, Vivienda y Rehabilitación, por delegación de la Junta de Gobierno Local de
11.12.2023 (BOP núm. 241 del 20.12.2023) Fdo.: Blanca García Olivares
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cve: BOE-N-2025-ab2ecb826cf568edec1f13b1475d420ebbb58dec
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Contra la resolución presunta del recurso de reposición, que tendrá lugar transcurrido
un mes desde su interposición sin que fuese notificado, podrá usted interpoñer
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo en el plazo de SEIS MESES, contados a partir del día siguiente a aquel en
el que la resolución del referido recurso de reposición se debería notificar de forma
expresa (un mes desde su interposición), todo eso de acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 46 de la Ley 29/1998, del 13 de julio, reguladora de la Jurisdición Contenciosoadministrativa en relación con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015.